
La declaratoria de inconstitucionalidad que dictó el Tribunal Constitucional con respecto a la ley 31018 que dispuso la suspención del cobro de peajes en la red vial nacional, departamental y concesionada durante el estado de emergencia, es uno de los pasos para la recuperación de las empresas concesionarias cuyos ingresos fueron afectadas, entre otros, por esa norma que dictó el Congreso.
Tal es el caso de Norvial, concesionaria del tramo vial Ancón-Huacho-Pativilca de la Panamericana Norte, también conocida como la Red Vial 5, y que, según el Informe de Clasificación de Moody’s Local Perú, del 31 de agosto, espera una recuperación gradual de sus ingresos luego de la suspención del cobro de peajes, pero también como resultado de la reducción en las actividades en general a causa de la pandemia.
En el citado informe, que Norvial remitió a la Superintendencia del Mercado de Valores, Moody´s Local Perú, ratifica la clasificación de riesgos asignada a Norvial, de AA-.pe, para la segunda emisión de su primer programa de bonos corporativos.
En el informe, se observa que, en general, la menor actividad económica, así como el aumento en la tasa de desempleo (derivados del Estado de emergencia por la pandemia del Covid-19) se plasman en el menor flujo vehicular en la concesión, tanto de vehículos ligeros como pesados.
Lo anterior, indica, resultó en una importante reducción de los ingresos por recaudación de peajes, conllevando a que la Compañía registre pérdidas al primer semestre de 2020, así como un deterioro en el apalancamiento financiero (deuda financiera / EBITDA) y en los indicadores de cobertura de servicio de deuda.
Adicionalmente, la promulgación de la Ley No 31018 que suspendió el cobro de peajes en la red vial nacional, departamental y concesionada durante el estado de emergencia (hecha efectiva el 10 de mayo de 2020), afectó el flujo de efectivo del fideicomiso que permite mantener la cuenta servicio de deuda y la cuenta reserva de la empresa.

No obstante, recordó que la compañía reinició el cobro de peajes el 1 de julio de 2020, pudiendo luego cancelar el servicio de deuda de la empresa en ese mes, en la mayor parte con fondos de su cuenta reserva.
El reporte indica que la empresa estima una recuperación gradual de sus ingresos en los siguientes meses. Por lo pronto, indicó que en julio último (en la concesión) se registró un flujo vehicular que alcanza el 90.52% del registrado en el mismo mes del año anterior.
Respecto a los peajes que la Compañía dejó de cobrar entre el 10 de mayo y el 30 de junio de 2020, producto de la Ley No 31018, el informe indicó que el Contrato de Concesión dispone una cláusula de Garantía Tarifaria que la Compañía busca aplicar a través de mecanismos contractuales y no contractuales.
Así, indica que está estimando que la compensación (S/15.2 millones que, traído a valor presente, asciende aproximadamente a S/13.2 millones al 30 de junio de 2020) se haga efectiva en su totalidad a más tardar durante el 2021, toda vez que el 25 de agosto de 2020 el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la Ley que suspende el cobro de peajes.
Refirió que el monto de la compensación antes señalado ha sido registrado como parte de los ingresos por recaudación de peajes al 30 de junio de 2020, cuya contrapartida es una cuenta por cobrar no corriente al Estado.
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