El miércoles por la noche, tras ser incorporada en la agenda a último minuto, el pleno del Congreso aprobó la prórroga de la exoneración del impuesto a las ganancias de capital para las inversiones en la Bolsa de Valores de Lima (BVL) hasta el 31 de diciembre del 2023.
Sin embargo, esta renovación consideró algunos cambios.
La extensión de este beneficio, que vencía a fines del presente año, no tuvo un texto específico sino que fue incluida como disposición complementaria final en un proyecto de ley referido a facturas negociables.
Uno de los cambios aprobados es que la exoneración tributaria ya no será aplicable a empresas en general, dejando también fuera a los inversionistas institucionales, señaló Roberto Cores, socio de EY. “Ahora solo beneficiará a personas naturales, sean estas peruanas o extranjeras”, precisó.
Desde el próximo año, las ganancias de capital que obtengan las empresas locales por sus inversiones en valores a través de la bolsa limeña pagarán entonces un impuesto de 29.5% (régimen general), complementó Álvaro Arbulú, socio líder de tributación financiera y mercado de capitales de EY Perú.
Y las empresas extranjeras pagarán 5% de impuesto a la renta si la operación de venta de valores se hace en la BVL. Pero será de 30% si se realiza fuera de ella, precisó el experto.
Por ejemplo, el gravamen sí recaerá sobre las operaciones propias de las sociedades agentes de bolsa (SAB), indicó. No obstante, resaltó que los inversionistas institucionales, como las compañías de seguros y AFP tienen algunos beneficios tributarios en sus regímenes generales.
Tope a aplicación de exoneración
Asimismo, la exoneración aprobada por el Legislativo para las personas se aplicará hasta por un monto máximo de 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por año. De esta forma, si las ganancias en la BVL superan los S/ 495,000 se deberá tributar sobre el excedente de ese monto.
Con la legislación aún vigente las personas pueden vender sus valores, hacer una ganancia de capital y no tener ningún límite para la exoneración tributaria, refirió Cores.
El hecho de que se haya puesto un límite de hasta 100 UIT pone énfasis en que la exoneración es para el pequeño inversionista, que está creciendo mucho en la BVL en los últimos tiempos, impulsado por los aplicativos digitales, sostuvo Alberto Arispe, gerente general de Kallpa SAB.
“Eso es lo positivo, pero lo negativo es que ahora los inversionistas extranjeros (empresas e institucionales) van a tener una retención (tributaria), que para ellos operativamente es muy molestosa. Se ha debido mantener la exoneración para ellos también”, añadió.
Asimismo, personas de alto patrimonio con operaciones de montos más elevados podrían verse afectados con estos cambios, estimó Arbulú.
Coincidió en que la norma aprobada busca acrecentar los volúmenes negociados por los pequeños inversionistas.
Medida positiva para la BVL
Los valores sobre los que se aplica la exoneración son las acciones, ADR, ETF, bonos, certificados de participación de fondos mutuos y de firbis y fibras, así como las facturas negociables. Los requisitos es que se vendan a través de la BVL y, en el caso de algunos de ellos, que sean muy líquidos (presencia bursátil).
“La extensión de la exoneración es en general muy positiva y bastante saludable para el mercado y va a ayudar a mantener el flujo de operaciones este 2023″, opinó Arbulú.
Para Arispe la tasa impositiva debería ser simétrica para todas las alternativas de ahorro en el país. Hoy existe un castigo para las empresas que quieren ahorrar en el mercado de valores (con una tasa de 5%) frente a las que quieren hacerlo en la banca (con tasa de 0%), advirtió.
La norma contribuirá a que la bolsa peruana mantenga su calificación de mercado emergente, sostuvo Cores.