(Foto: GEC)
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Redacción Gestión

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó que los magistrados del Poder Judicial, miembros de la Asociación Mutualista Judicial, reciban un monto del auxilio mutual por fallecimiento equivalente a cien remuneraciones mínimas vitales, cantidad que no estaría sujeto al impuesto a la renta.

Sin embargo, para recibir ese beneficio, los asociados deberán contar con más de 15 años como tal y encontrarse al día en sus aportes conforme a sus estatutos, los mismos que establecerán el procedimiento para solicitar el referido auxilio mutual.

Se trata del dictamen que propone una ley que regula la Asociación Mutualista Judicial y recoge las iniciativas de la congresista María Teresa Cabrera Vega (PP) y del excongresista Wuilian Abregú Monterola (FP) del período anterior. La sesión ordinaria conducida por el vicepresidente Walter Ascona Calderón (APP).

Durante la sustentación del dictamen, Ascona Calderón indicó que el objeto de la propuesta es proporcionar al asociado un auxilio pecuniario que se le abonaría en caso de haber cesado en forma definitiva o, en caso de fallecimiento de este, a sus familiares o herederos.

Asimismo, dicha asociación debe de estar integrada únicamente por magistrados del Poder Judicial en todos sus niveles, es decir, los jueces supremos. Además, los asociados tienen los mismos derechos y obligaciones sin distinción de jerarquía. Y, entre otros aspectos, la afiliación o desafiliación a la Asociación Mutualista Judicial es voluntaria, debiendo comunicarla de conformidad con lo establecido en sus estatutos.

Por su parte, la congresista Cabrera Vega, una de las autoras, se refirió a la necesidad de la aprobación de las modificaciones que plantea su propuesta, dado que en la actualidad se generan conflictos, como el hecho de que se realicen descuentos a personas cesadas y que el consejo ejecutivo del Poder Judicial maneje una asociación mutual, siendo una organización civil.

Incluso dijo que en este último caso se estaría incurriendo en el delito de peculado de uso.

En tanto, la legisladora Martha Chávez Cossio (FP) manifestó su desacuerdo con que el monto del beneficio sea decidido en la ley y no por la asamblea general de sus asociados conforme a sus estatutos, dado que la norma debe estar acorde a la realidad económica de la institución.

Para el efecto, planteó una cuestión previa para que los artículos 6 y 7 se voten por separado, lo que obtuvo una votación de diez votos en contra, tres abstenciones y dos a favor, con lo cual quedó rechazada.

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