
En el marco de las celebraciones por el Día de la Canción Criolla y Halloween, el Indecopi recuerda que los establecimientos comerciales que apliquen recargos por pagos con tarjetas de crédito deben informar previamente a los consumidores sobre esta condición, a fin de que puedan tomar decisiones de compra con información clara y oportuna.
Al respecto, el Indecopi precisa que este cobro no está prohibido, siempre que los proveedores cumplan con su deber de información y comuniquen de manera clara y visible sobre el recargo o comisión según el medio de pago utilizado.

Libro de reclamaciones
En caso de que el establecimiento no informe previamente sobre el recargo, no puede obligar al consumidor a pagar el monto adicional y debe respetar el precio fijado para el producto o servicio.
Cabe precisar que el incumplimiento del deber de información puede ser sancionado por el Indecopi, con una amonestación o multa de hasta 450 UIT, según corresponda cada caso.






