AMIGO/A OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: ¡CORRE QUE SE TE VENCE EL PLAZO!
Si tu organización califica como Sujeto Obligado de acuerdo a la normativa de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú – UIF, tienes que saber que estás a punto de que se te venza un plazo súper importante.
¡Así es! El plazo para presentar el Informe Anual de Oficial de Cumplimiento – IAOC, que se vence -como todos los años- el 15 de Febrero.
¿Ya empezaste a elaborar el famoso IAOC?
Te preparo este Shot con todo lo que debes saber sobre la elaboración y la presentación del IAOC.
¡Apunta! ¡Este Shot viene cargadito de información súper útil para ti!
PRIMERO: ¿QUÉ ES EL IAOC?
Es el informe mediante el cual el Sujeto Obligado -a través de su Oficial de Cumplimiento- debe reportar a la UIF-Perú (o a la entidad que lo supervise, según sea el caso) el estado y el progreso en el cumplmiento de las políticas y procedimientos que integran el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo – SPLAFT con el que debe contar como Sujeto Obligado.
OJO: El IAOC es respecto el ejercicio anterior. Por tanto, este año el IAOC deberá ser respecto al cumplimiento de los elementos del SPLAFT durante el año 2025.
SEGUNDO: ¿QUÉ DEBE CONTENER EL IAOC?
Aquí te cuento 10 de los puntos más importantes que sí o sí debe contener el IAOC.
OJO: No son los únicos. ¡Pilas con esto!
- Dirección y teléfono del Sujeto Obligado y el correo electrónico de su Oficial de Cumplimiento.
- Indicación acerca de si el/la Oficial de Cumplimiento ejerce la función como Oficial de Cumplimiento Corporativo o no.
- Nombre de los socios, accionistas o asociados de la organización y el porcentaje de su participación.
- Nombre de los gerentes u otros trabajadores responsables de la gestión de la actividad del Sujeto Obligado.
- Estadística anual del Registro de Operaciones – RO del Sujeto Obligado, indicando el número de operaciones registradas y los montos involucrados, separando la información en forma mensual.
- Estadística anual de las Operaciones Inusuales detectadas, indicando el número de operaciones detectadas, los montos involucrados y cualquier otro aspecto significativo.
- Estadística anual de las Operaciones Sospechosas reportadas a la UIF-Perú, indicando el número de operaciones reportadas, los montos involucrados y cualquier otro aspecto significativo.
- Descripción de Nuevas Señales de Alerta de Operaciones Inusuales y tipologías de Operaciones Sospechosas que hubieran sido detectadas y reportadas ante la UIF-Perú.
- Procedimientos de identificación y evaluación de riesgos de LAFT y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (PA), procedimientos de debida diligencia en el conocimiento del cliente, directores y trabajadores, así como de proveedores y contrapartes, de ser aplicable, procedimientos de identificación de Operaciones Inusuales y/o Sospechosas.
- Número de trabajadores, número de capacitaciones en temas relativos a la Prevención de LAFT, el número de personas que han sido capacitadas; número de personas que fueron capacitadas más de una vez al año, así como el detalle de los temas materia de capacitación de acuerdo con el perfil del destinatario y su función en el Sujeto Obligado, así como de los riesgos de LAFT y PA que enfrentan.
Como te darás cuenta, la elaboración del IAOC no es tan sencilla que digamos: necesitarás mucha paciencia y precisión para desarrollarlo. Además, es un trabajo que el/la Oficial de Cumplimiento deberá trabajar en equipo con otras áreas del Sujeto Obligado, como Ventas, Finanzas, Recursos Humanos y Auditoría Interna.
TERCERO: EL ANEXO INDISPENSABLE DEL IAOC.
Oficial de Cumplimiento: Es muy importante que sepas que tu IAOC incluya como Anexo el Informe Anual de Auditoría Interna – IAI, respecto al cumplimiento del SPLAFT en la organización.
Como su nombre lo indica, el IAI será elaborado por el área de Auditoría Interna del Sujeto Obligado. Sin embargo, si no contaras con dicha área, podrá ser elaborado por el Gerente que se encargue de dichas funciones, pudiendo ser el mismo Gerente General.
El IAI deberá contener información similar a la del IAOC. ¿Por qué? Básicamente, porque -en gran medida- es el documento que nutre al IAOC.
Así que -como te imaginarás- la clave del éxito de un IAOC satisfactorio es contar con un buen IAI.
Recuerda que el IAI debe ser puesto en conocimiento del Directorio o del órgano equivalente de la organización, dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento del período anual respectivo; esto es, antes del 31 de Enero de 2025.
¡Corre que no llegas!
CUARTO: ¿CUÁNDO ES LA FECHA DE PRESENTACIÓN DEL IAOC?
El/la Oficial de Cumplimiento deberá enviar el IAOC a la UIF-Perú -a más tardar- el 15 de Febrero de 2025, a través del Portal de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (plaft.sbs.gob.pe), en la estructura y de acuerdo a las instrucciones que establezca dicho portal.
Evidentemente, el Anexo que sí o sí deberá acompañar a tu IAOC será el IAI. ¡Van en combo!
Y así como así te dejo los principales lineamientos a considerar para la elaboración y la presentación satisfactoria del IAOC. ¡Éxitos querido/a Oficial de Cumplimiento!
Espero que este Shot te sea muy útil y lo compartas con muchos Sujetos Obligados.
Para más contenido de valor, te invito a visitarme en https://www.linkedin.com/in/carolinasaenz/