El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Norma Peruana de Información Financiera para las Microempresas (NPIF), que fija un marco simplificado de contabilidad de acumulación o devengo para las microempresas.
La medida se dispuso mediante resolución 001-2024-EF/30, y se establece que la Norma Peruana de Información Financiera entrará en vigor partir del 1 de enero del 2025.
En el sustento de la resolución, se explica que las microempresas requieren la generación de información contable básica de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de las transacciones y otros hechos económicos que son importantes en los estados financieros a fin de proveer información transparente y oportuna para la toma de decisiones de los usuarios de dicha información.
Además, la implementación de la NPIF requiere que se realice una adecuada difusión que permita a estas firmas adaptarse a esta nueva norma, lo que les permitirá contar con información real de su situación financiera y económica, dice el dispositivo.
Se destaca también que, mediante resolución de Consejo Normativo de Contabilidad 003-2022-EF/30, se aprobaron las condiciones técnicas para la aplicación de las normas internacionales de información financiera (NIIF).
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Consejo Normativo de Contabilidad y microempresas
En dicha resolución, se dispusieron, entre otros, que las empresas con ingresos anuales de actividades ordinarias hasta 150 unidades impositivas tributarias (UIT) aplican en forma opcional la NIIF para pequeñas y medianas empresas (pymes), en tanto el Consejo Normativo de Contabilidad emita la normativa contable que les corresponda, se indica.
En tal sentido, se menciona que el Consejo Normativo de Contabilidad elaboró la Norma Peruana de Información Financiera para las Microempresas, considerando que estas representan un segmento importante de la economía del país.
Asimismo, se destaca que, acorde con las disposiciones del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene como función emitir resoluciones, dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda.
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