Investigadora de European University Institute
Partiremos de la premisa que todos los lectores de este diario creen en la libertad. Entendida en las diversas esferas como por ejemplo: la libertad de contratación y de hacer empresa. Los economistas Curtis Simon y Clark Nardinelli, al estudiar el crecimiento de ciudades inglesas durante el siglo XIX y XX, argumentan que la creatividad a través de las reuniones y libertad de expresión, en una economía de mercado, cumple un rol importante en la teoría moderna de crecimiento.
La conversación entonces se torna indispensable para transformar la información en conocimiento productivo. Esto guarda relación con el concepto de la ‘destrucción creativa’ de Schumpeter, donde la innovación de las empresas es clave para fomentar la competitividad; las que no lo hagan serán reemplazadas rápidamente.
Esta semana participé en la conferencia anual de “On Think Tanks” sobre el rol de los centros de investigación en tiempos de incertidumbre política a nivel global. Esta se llevó a cabo en Chatham House, organización en Londres y pionera en promover el estudio de asuntos internacionales.
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De hecho, la regla Chatham House, usada por diversas organizaciones alrededor del mundo, estipula que los “los participantes son libres de usar la información recibida, pero ni la identidad ni la afiliación del orador ni la de ningún otro participante pueden ser reveladas”. Esto a fin de preservar la franqueza del debate, promover un diálogo lo más confiable posible y, por qué no, debatir ideas controversiales.
¿Por qué resulta tan difícil defender con la misma convicción la libertad de expresión y de pensamiento que algunas de las otras libertades? Hace unos días, seis personas fueron arrestadas por portar carteles de forma pacífica en contra del rey Carlos III en Reino Unido. La policía británica emitió un comunicado diciendo “la protesta pacífica es una parte importante de la democracia británica”.
El documento agrega: “El alcalde de Londres tiene razón al pedir una revisión para determinar qué fue exactamente lo que salió mal en este caso”. Si bien ya fueron liberados y sus fianzas fueron suspendidas, sorprende la imposibilidad de ejercer el derecho a pensar distinto, y a la disidencia, un derecho cada más difícil de ejercer en cualquier rincón del mundo.
Recordemos que la mayor parte de la población vive en regímenes iliberales donde su derecho a expresarse libremente es amenazado constantemente. En América Latina, muchos periodistas son asesinados y líderes sociales viven bajo constante zozobra. Actualmente, el 80% del mundo condena penalmente la difamación y al menos 29 países latinoamericanos lo sancionan con pena privativas de la libertad.
En Turquía, el editor general de un diario fue sancionado por exponer una red de venta de armas del Gobierno a grupos islámicos. Incluso la Miss Turquía 2006 fue procesada por tuitear un poema que presuntamente insultaba al líder autoritario Recep Tayyip Erdoğan. El código penal turco castiga hasta dos años de prisión, que aumenta a cuatro años si insulta al presidente.
Otra variación son los delitos de blasfemia. Galileo Galilei, el padre de la física moderna, fue condenado por herejía a arresto domiciliario en 1616. Su teoría del heliocentrismo se consideraba un discurso peligroso pues no se ajustaba a lo dispuesto por la Biblia.
En un estado de ceguera avanzada y luego de ser obligado a retractarse pública le fue permitido mudarse al centro de Florencia cerca a sus doctores donde finalmente muere, afirmando en privado que creía en la validez de su teoría. Hasta la fecha, en Indonesia o Pakistán estos delitos son usados para limitar la libertad de expresión en distintas formas.
En medio de esta situación, la ‘ley mordaza’ en el Perú está en el tramo finalmente de aprobación. Esta eleva de dos a cuatro años de cárcel la pena por difamación. Según la Asociación de Periodistas del Perú (ANP), existen 146 casos en los últimos años donde periodistas han sido denunciados en el país por cumplir con su trabajo. Aquel órgano encargado a debatir su aprobación además goza de un nivel bajísimo de legitimidad y aprobación, y está bajo la lupa constantemente.
La consecuencia directa sería impedir u obstaculizar el trabajo del periodismo en nuestro país, como si no nos faltaran más problemas. Sin embargo, tampoco es ilimitado. Para el derecho internacional, el encarcelamiento era apropiado “solo en circunstancias excepcionales, especialmente cuando otros derechos fundamentales se han visto gravemente menoscabados, como, por ejemplo, en el caso de la incitación al odio o la incitación a la violencia”. El solo hecho de poder escribir esta columna y abrir el debate sobre las aplicaciones y los límites a la libertad de expresión es impensable en varios países. Seguramente algunos de los lectores compartan o no gran parte de lo que dice esta columna, o algunos de sus argumentos.
Sin embargo, no queda duda que proteger el derecho a expresar y a opinar distinto debe ser primordial en nuestro país. Incluso si pensamos diferente, pues parafraseando a Beatrice Evelyn Hall, podría no estar de acuerdo con lo que opines, pero siempre defenderé tu derecho a hacerlo.
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