
Si recibiste bienes, cuentas financieras o cantidades significativas como herencia, el IRS puede embargar estos activos en dos escenarios: cuando el difunto tenía obligaciones tributarias sin saldar o si omites declarar oportunamente lo heredado. El Servicio de Impuestos Internos requiere que determinados beneficiarios presenten la declaración patrimonial en un tiempo establecido; aplazar esta gestión resulta en sanciones económicas, cargos por mora y medidas de recuperación forzosa, incluido el embargo del legado. ¿Cuál es el formulario requerido, cuál es la fecha límite y qué pasos seguir para corregir tu situación? A continuación te lo detallamos.

¿QUÉ DECLARACIONES DEBES PRESENTAR CUANDO FALLECE UN FAMILIAR?
Cuando un familiar fallece, se debe elegir o tener un representante de la sucesión (albacea o ejecutor) que debe presentar dos declaraciones principales al IRS para evitar embargos: la última declaración de impuestos del fallecido (Form 1040) y, en ciertos casos, la declaración del patrimonio (Form 706).
FORM 1040 - DECLARACIÓN FINAL DEL FALLECIDO
El formulario 1014 (Declaración final del impuesto sobre la renta de una persona fallecida) debe incluir todos los ingresos que el fallecido recibió desde el 1 de enero hasta la fecha de muerte.
- Plazo general: es el 15 de abril del año siguiente al fallecimiento; por ejemplo, si alguien falleció en 2025, la declaración venció el 15 de abril de 2026. Puedes solicitar una prórroga de 6 meses mediante el Form 4868, pero los impuestos adeudados deben pagarse en la fecha original.
FORM 706 - DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
El formulario 706 (Declaración de Impuestos sobre Sucesiones y Transferencias Intergeneracionales) de los Estados Unidos, se requiere únicamente cuando el patrimonio del fallecido supera el umbral de exención federal (que en 2026 es de aproximadamente $13.6 millones).
- Plazo: es de 9 meses desde la fecha de fallecimiento para presentar la declaración. Puedes solicitar una extensión de hasta 6 meses adicionales, pero los impuestos estimados deben pagarse dentro de los primeros 9 meses.
FORM 3520 - HERENCIAS DEL EXTRANJERO
Si heredas bienes desde el extranjero por un valor superior a US$100,000, debes presentar el Form 3520 (Declaración Anual para Informar Transacciones con Fideicomisos Extranjeros y Recepción de Ciertas Donaciones Extranjeras) junto con tu declaración anual de impuestos.
- No presentarlo puede generar multas que comienzan en US$10,000 y, en casos graves, embargos sobre cuentas y bienes.

ASÍ DEBES REGULARIZAR TU SITUACIÓN
Si en caso ya pasó el plazo y no has presentado las declaraciones correspondientes, haz lo siguiente:
- Presenta inmediatamente las declaraciones pendientes, incluso fuera de plazo, para minimizar multas e intereses.
- Paga los impuestos adeudados con los activos del patrimonio antes de distribuir bienes a los herederos.
- Solicita un plan de pagos al IRS si no puedes pagar la totalidad de inmediato.
- Consulta con un abogado fiscal si enfrentas situaciones complejas como deudas grandes del fallecido o herencias internacionales.
El IRS tiene autoridad legal para embargar la parte de la herencia que te corresponde si tienes impuestos atrasados propios, ya que considera tu derecho a heredar como un “activo embargable”. Antes de repartir cualquier bien heredado, asegúrate de que el patrimonio del fallecido esté en regla con el fisco para proteger tu legado.






