La suspensión tendrá vigencia hasta que cese la obstaculización a las labores de fiscalización y se permita realizar la diligencia. Si se usa la violencia, será excluido del registro.
La suspensión tendrá vigencia hasta que cese la obstaculización a las labores de fiscalización y se permita realizar la diligencia. Si se usa la violencia, será excluido del registro.

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) ha dispuesto que aquellos mineros en proceso de formalización (específicamente de la pequeña minería y la minería artesanal) que traten de obstaculizar las acciones de fiscalización con recursos dilatorios tendrán como consecuencia su suspensión en la inscripción en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).

La suspensión tendrá vigencia hasta que cese la obstaculización a las labores de fiscalización y se permita realizar la diligencia.

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Se llegará a la exclusión en caso de aquellos que usen la violencia como arma para evitar las acciones de fiscalización.

Igualmente ha dispuesto que el incumplimiento de las obligaciones y/o responsabilidades ambientales y/o salud ocupacional por parte del minero informal trae como consecuencia también sus suspensión del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).

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