La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) brindó recomendaciones a entidades públicas y privadas del sector financiero, a fin de mejorar la competencia entre las empresas fintech, en beneficio de los consumidores.
“El estudio busca mejorar las condiciones de competencia en la prestación de servicios financieros en general, y los actores fintech tiene relevancia porque incluyen a las personas naturales y jurídicas no incluidas en el sistema financiero formal”, dijo el asesor económico senior de la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del Indecopi, Humberto Ortíz.
Dichas sugerencias están contenidas en el informe final del “Estudio de mercado sobre el sector fintech en el Perú”, el cual fue presentado en ceremonia por el Día de la Competencia.
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Las empresas fintech prestan servicios financieros a partir del aprovechamiento de tecnologías digitales, destacando por su capacidad para dinamizar estos servicios vía modelos innovadores y llevarlos a poblaciones no atendidas por el sector financiero tradicional, destacó.
El estudio se delimitó a las actividades que representan un porcentaje relevante en el mercado, tales como: cambio de moneda, préstamos, factoring y pagos/billeteras digitales; que agrupan alrededor del 64% del número de empresas fintech operativas en el país al año pasado.
De acuerdo con el estudio, al 2022 se registraban alrededor de 154 empresas fintech en el Perú, con un crecimiento promedio anual del 15% desde el 2014 (50 empresas).
“Se estima que el 2021 habrían alcanzado un valor transado entre US$ 10,000 millones y US$ 12,000 millones, más de cinco veces a lo transado en el 2019 (US$ 2,000 millones)”, reportó.
Más del 90% de estas empresas se ubican en Lima y el 70% prestan servicios en varias regiones, señaló.
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Recomendaciones
La entidad estatal indicó que las recomendaciones de la CLC, que buscan favorecer el ingreso y expansión de competidores y el desarrollo de modelos digitales novedosos en beneficio de los consumidores, son:
- Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS): adecuar la norma del registro de casas de cambio y de préstamos para precisar el requerimiento de la autorización municipal bajo la modalidad presencial.
- Entidades del sistema financiero: evaluar riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo bajo un enfoque basado en el riesgo como lo sugiere GAFI y considerar la publicación de condiciones o requisitos para la apertura y mantenimiento de cuentas bancarias.
- Asociación Fintech Perú: contribuir con la elaboración de guías que orienten a las fintech sobre cómo adoptar las mejores prácticas en materia de gestión de riesgos, y evidenciarlas ante las entidades bancarias al solicitar la apertura de cuentas.
- Banco Central de Reserva del Perú (BCRP): evaluar si las fintech podrían acceder a la Cámara de Compensación Electrónica (CCE) de forma indirecta, a través de las empresas emisoras de dinero electrónico (EEDE).
Además, seguir con la publicación periódica de los avances del proceso de implementación del mandato de interoperabilidad de los servicios de pago provistos por las entidades reguladas.
- Ministerio de Economía y Finanzas (MEF): evaluar la pertinencia y oportunidad de realizar una modificación normativa en línea con no gravar con el impuesto general a las ventas (IGV) a las entidades que brinden servicios de créditos, como las empresas fintech.
- SBS y BCRP: establecer un marco de articulación y participación de actores públicos y privados como parte de la agenda de trabajo para la implementación del open banking u open finance en el país.
- Ministerio de la Producción (Produce): realizar más difusión sobre los canales para denunciar las prácticas que restrinjan, limiten o prohíban la transferencia de la factura negociable.
Asimismo, elaborar un procedimiento que cautele el anonimato de las denuncias para mitigar los temores de los proveedores a represalias por parte de los adquirentes (comercios o compradores de productos a proveedores).
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Apertura y mantenimiento de cuentas
En otro momento, Ortíz comentó que las empresas fintech asociadas a cambio de monedas necesitan de cuentas bancarias para efectuar las operaciones con sus clientes y se encontró en el estudio que estas fintech tenían problemas para abrir y mantener tales cuentas.
Lo que señalaban (estas fintech) era que la forma cómo se les cerraban las cuentas no era un mecanismo transparente porque no se les explicaba las razones; en tanto que algunas entidades bancarias refirieron que ello era por no cumplir con las normas de prevención de lavado de activos y financiamiento de terrorismo, comentó.
La preocupación de las entidades bancarias es válida en torno a este tema, pero hay algunos bancos que declararon que no analizaban el caso a caso y no abrían (cuentas) a ciertas empresas (fintech), destacó.
Entonces, es importante transparentar el mecanismo de análisis de evaluación de las entidades financieras sobre este particular y ello es relevante porque ellas también, son competidoras con las empresas fintech, anotó.
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IGV a créditos
Los préstamos de las entidades reguladas se encuentran exoneradas del Impuesto General a las Ventas (IGV), más no los créditos que ofrecen las empresas fintech, resaltó Ortíz. “Hay que considerar que las fintech apoyan a la inclusión financiera”, agregó.
Esta exoneración (del IGV a los préstamos fintech) se podría trasladar a los usuarios de las fintech, reflejando menores tasas de interés por los créditos que ofrecen, comentó.
Ortíz del Indecopi dijo que en promedio los costos de los préstamos de las fintech se parecen a las tasas de interés que ofertan las cajas municipales.
Operaciones de factoring
Ortíz señaló que muchos comercios recomiendan a sus proveedores que trabajen con ciertas entidades financieras para sus operaciones de factoring (para entregar sus facturas por cobrar a las entidades, a cambio de una tasa de descuento, y recibir por ello, liquidez).
Este direccionamiento puede afectar en cierta forma la actividad que realizan las empresas no sugeridas por los comercios, entre las que están las empresas de factoring, comentó.
Muchas veces las compañías de factoring no denuncian este direccionamiento por temor a represalía de los comercios o de las entidades financieras, anotó. “Eso nos indicaron como preocupación”, puntualizó.