En una reciente decisión del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual se ha emitido una resolución que modifica los fundamentos de una decisión relacionada con la inclusión de cláusulas consideradas abusivas en los términos y condiciones de pasajes aéreos ofrecidos por una importante aerolínea en Perú.
El caso aborda la situación de un consumidor que, tras adquirir un pasaje aéreo reembolsable y pagar un extra por seleccionar un “asiento favorito”, solicitó el reembolso de ambos elementos al no utilizar el pasaje. Aunque el costo del pasaje fue devuelto, el extra por el asiento favorito inicialmente no lo fue, bajo la justificación de que el contrato lo excluía.
Cabe mencionar que “los asientos favoritos” están usualmente ubicados en las primeras filas o cerca de las puertas de emergencia, ofrecen ventajas como más espacio entre asientos y, en ocasiones, prioridad de embarque o desembarque, razones por las cuales los pasajeros están dispuestos a pagar un extra, detalla Jesús Espinoza, exdirector de Indecopi.
El consumidor denunció la situación antes descrita como abusiva, argumentando que los servicios adicionales deberían ser reembolsables bajo las mismas condiciones que el pasaje.
Como resultado, la autoridad competente ordenó a la aerolínea reembolsar el extra del asiento favorito con intereses, retirar las cláusulas abusivas de sus términos, abstenerse de aplicar dichas cláusulas en el futuro, y la sancionó con una multa significativa y el pago de las costas del procedimiento, además de inscribirla en el Registro de Infracciones y Sanciones.
Si bien esto no necesariamente es de aplicación obligatoria, se entiende que en casos similares, la resolución del problema irá en la misma línea.
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Cláusulas abusivas
Lyliana Ongaro, asociada en DLA Piper Perú, explica que en el sector aéreo, los principales retos han girado en torno a cláusulas que imponían condiciones para pasajes round trip, cambios o modificaciones unilaterales en boletos, limitaciones para realizar cambios a solicitud del consumidor y endosos, o imposición de onerosas penalidades.
Afirma que actualmente existen dos pasos principales para determinar el carácter abusivo de una cláusula: Se debe de verificar que no haya existido una negociación entre el consumidor y el proveedor respecto del contenido de la cláusula materia de cuestionamiento; y una vez acredita la falta de negociación, en segundo lugar, se deberá de analizar la existencia de una desproporción injustificada entre los beneficios, riesgos y costos asumidos por ambas partes, en perjuicio del consumidor.
Ongaro subraya que se debe tener especial cuidado al momento de analizar este tipo de denuncias, dado que no existe un derecho legal reconocido a realizar cambios y/o devoluciones de manera irrestricta (a sola voluntad del consumidor).
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Espinoza, exdirector de Indecopi, enfatiza que la decisión de la entidad establece que el derecho a reprogramar el vuelo o solicitar su devolución no debe estar condicionado a la renuncia del monto pagado por el asiento favorito.
“La decisión de Indecopi no solo tiene como objetivo penalizar la inclusión de estas cláusulas abusivas sino, lo que es más importante, asegurar que se eliminen de los contratos futuros, evitando así que los consumidores sean afectados negativamente” dijo.
Afirma que la medida busca generar un cambio significativo en el sector, obligando a todas las aerolíneas a revisar y, si es necesario, modificar sus políticas contractuales para evitar sanciones.
La pregunta sobre cómo esta decisión afectará a la industria aérea en el futuro llevó a Espinoza a comparar la situación con casos anteriores, como las políticas de alimentos en los cines, donde la acción de Indecopi contra una empresa específica sirvió de precedente para que otras ajustaran sus prácticas.
De manera similar, se espera que las aerolíneas ahora revisen sus contratos para asegurarse de que no incorporen cláusulas que puedan ser consideradas abusivas.
Concluye indicando que a pesar de que la resolución no especifica si el caso involucraba un vuelo nacional o internacional, deja claro que el tipo de pasaje en cuestión permitía cambios y devoluciones. La empresa enfrenta ahora la posibilidad de impugnar la decisión de Indecopi ante el Poder Judicial a través de un proceso contencioso administrativo.
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Abogado por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Actualmente, ocupa la posición de redactor en el área de Economía en el Diario Gestión.
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