La inmovilización social regresó, pero solo para Lima Metropolitana y Callao, que será desde las 02.00 horas y hasta las 23.59 horas del día martes 05 de abril de 2022, así lo anunció el presidente, Pedro Castillo.
Tras el anuncio se publicó el Decreto Supremo en el que se formaliza esta medida por 22 horas seguidas, y solo por el día martes.
El mandatario remarcó que durante este periodo de emergencia se suspenden los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
¿Quiénes podrán movilizarse en este toque de queda?
Con la emisión de esta medida se han dado algunas excepciones como para la movilización para el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
También se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia.
De la misma manera, el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.
La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.
También se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.
Solo habrá trabajo remoto en sector público y privado
En el caso de los trabajadores del sector público y privado realizan solo trabajo remoto, conforme a la normatividad de la materia.
¿No se podría ir a comprar alimentos ni delivery?
La medida no contempla la movilización para la compra de los alimentos en las bodegas o mercados de abastos. Ni de víveres en general.
De la misma manera no se contempla los servicios de alimentación con delivery ni restaurantes para realizar el envío.
De otro lado, en el caso de las actividades de panificación, que se elabora en la madrugada del martes 5 de abril, no se ha dado tiempo para la organización de estas actividades ni el pase laboral.
En esta condición están también los servicios de restaurantes que siguen funcionando hasta la madrugada de hoy, y en el que recién pasada las 11:00 pm se conoció de la medida en el Mensaje a la Nación.