Ex director de Libre Competencia del Indecopi
Quién no ha pensado en algún momento de su vida laboral cambiar de trabajo en búsqueda de mejores condiciones laborales. Seguro usted pensó que su talento sería más valorado en otra empresa, por lo que actualizó su currículum vítae a fin de circularlo o, incluso, revisó algunas convocatorias de trabajo a las cuales se presentaría.
Sin embargo, estos intentos resultarán infructuosos si su empleador tiene un acuerdo con otras empresas para no disputarse trabajadores, es decir, no competir por usted.
La opción de quedarse en la empresa y negociar un aumento de sueldo tampoco será posible si su empleador tiene otro acuerdo con sus competidores sobre las remuneraciones para posiciones como la suya. Ambos acuerdos vulneran las normas de libre competencia.
La competencia entre empleadores en el mercado laboral permite a los trabajadores acceder a mejores condiciones de trabajo. Las empresas ofrecerán mayores sueldos, mejores seguros, más comisiones, home office u otros beneficios para atraer el mejor talento humano.
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La semana pasada el Indecopi hizo pública la primera sanción por un acuerdo anticompetitivo en el ámbito laboral. Las multas y penalidades recayeron sobre las empresas y los jefes de las áreas de recursos humanos. Las áreas de recursos humanos tenían un “pacto de caballeros” para no quitarse trabajadores.
Un trabajador no podía moverse a otra empresa sin el asentimiento de su actual o último empleador. Los trabajadores desconocían el acuerdo y las razones por las cuales no eran finalmente seleccionados.
¿Qué lecciones deja este caso? En los últimos años, muchas organizaciones reforzaron sus programas de compliance en libre competencia enfocándose en sus áreas comerciales.
¿Pero tienen identificado como un riesgo de incumplimiento las áreas de recursos humanos? Este caso debe llevar a que las empresas revisen la compatibilidad de sus políticas laborales con las normas de libre competencia y eviten situaciones como las relatadas.
En este análisis, debe tenerse presente que el mercado laboral presenta características que lo diferencian de otros mercados de servicios. Por ejemplo, la noción de competidor puede ser más amplia, de modo que empresas que no están en el mismo sector pueden competir por determinados perfiles o posiciones laborales.
Por ejemplo, conozco un caso donde la CEO de una empresa del rubro de higiene personal migró al de franquicias de comida rápida. Otro donde una importante ejecutiva comercial se movió del sector de centros comerciales al de apuestas deportivas.
Téngase en cuenta también que hay sectores que enfrentan problemas para cubrir determinadas posiciones por la escasez de oferta de profesionales calificados.
La “tentación” podría ser mayor en estos sectores, por lo que las empresas de estos mercados son las que deberían poner más atención al caso que el Indecopi acaba de resolver. El Indecopi ya dio un primer paso, ahora toca a las empresas autorregularse.
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