En Perú, cada año calendario recibe una denominación oficial, que se usa en todos los documentos del sector público. Esta frase aparece al encabezado de oficios, resoluciones, comunicaciones oficiales y suele difundirse en campañas y mensajes del gobierno.​ (Crédito: Imagen creada por Gestión Mix usando la IA de ChatGPT)
En Perú, cada año calendario recibe una denominación oficial, que se usa en todos los documentos del sector público. Esta frase aparece al encabezado de oficios, resoluciones, comunicaciones oficiales y suele difundirse en campañas y mensajes del gobierno.​ (Crédito: Imagen creada por Gestión Mix usando la IA de ChatGPT)

En enero de 2026, el Perú todavía no tiene un “Nombre del Año” oficial, porque el Decreto Supremo que lo establece aún no ha sido publicado en el diario oficial El Peruano. Sin embargo, ya se conoce el procedimiento, la base legal y el rol del Gobierno de José Jerí en esta decisión simbólica y política.​

¿Ya existe el Nombre del Año 2026?

Hasta el 11 de enero de 2026, los medios nacionales coinciden en que el Ejecutivo aún no ha oficializado la denominación del Año 2026. Pese a que el año ya comenzó, esta situación es normal, pues en ocasiones la denominación se publica algunos días después de iniciado enero, manteniendo vigencia retroactiva desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) trabaja la norma y se espera que el anuncio ocurra en los primeros días o semanas del año, usualmente antes de la quincena de enero.​

Origen y sentido de la denominación anual

La práctica de asignar un nombre oficial a cada año se remonta al gobierno de Fernando Belaúnde Terry, quien dispuso en 1963 que cada gestión fijara una frase emblemática de uso obligatorio en la documentación estatal. Esta tradición busca destacar prioridades nacionales, hitos históricos o valores que el Gobierno quiere resaltar durante el periodo anual.​

En la última década, los nombres han reflejado temas como la lucha contra la corrupción, la salud, el bicentenario y la recuperación económica. Ejemplos recientes incluyen “Año del fortalecimiento de la soberanía nacional” (2022), “Año de la unidad, la paz y el desarrollo” (2023), “Año del bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” (2024) y “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana” (2025).​

¿Quién decide el Nombre del Año 2026?

La responsabilidad de definir el Nombre del Año recae en el presidente de la República y el Consejo de Ministros. Para 2026, es el Gobierno encabezado por José Jerí el que debe seleccionar la frase oficial que represente su agenda política, económica y social.​

El proceso incluye la presentación de propuestas por parte de ministerios y entidades públicas, que plantean denominaciones alineadas con la coyuntura, políticas públicas prioritarias o efemérides relevantes. Con esa base, el presidente escoge la opción que mejor condensa la visión de su gestión, con un margen de discrecionalidad pero respetando el marco constitucional y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.​

Procedimiento legal y publicación oficial

La única forma válida de conocer el Nombre del Año 2026 es mediante la publicación de un Decreto Supremo en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Este decreto se emite normalmente desde la Presidencia del Consejo de Ministros y precisa la denominación que deberá usarse en toda la documentación estatal durante el año.​

Una vez publicada la norma, la denominación rige oficialmente del 1 de enero al 31 de diciembre, sin posibilidad de modificación posterior. Desde ese momento, el uso del Nombre del Año es obligatorio para las entidades del Estado y opcional para el sector privado, que suele adoptarlo en membretes, campañas y comunicaciones institucionales.​

Uso obligatorio en el Estado y alcance en el sector privado

Todas las instituciones públicas y entidades que conforman el Poder Ejecutivo deben consignar la denominación oficial del año en documentos, oficios, resoluciones y comunicaciones administrativas. Esto refuerza el mensaje político y programático del Gobierno, al integrar el lema anual en la gestión cotidiana del aparato estatal.​

En el sector privado, el uso es facultativo, pero muchas empresas, universidades y organizaciones lo incorporan para alinearse con el discurso institucional del país y mostrar sintonía con las prioridades nacionales. Además, el Ministerio de Cultura suele traducir el nombre del año a lenguas originarias como quechua y aimara, en una apuesta por la inclusión lingüística y el reconocimiento de la diversidad cultural.​

Expectativas ciudadanas y criterios de fondo para 2026

Diversos medios resaltan que el Nombre del Año 2026 generará especial expectativa, pues debe sintetizar los ejes centrales del Gobierno de José Jerí en un contexto de retos económicos, sociales y de gobernabilidad. El lema escogido podría priorizar temas como reactivación económica, paz social, institucionalidad democrática, innovación o políticas sociales, según la jerarquía que el Ejecutivo otorgue a cada ámbito.​

La experiencia de años anteriores muestra que estas denominaciones no son meros slogans: orientan campañas públicas, marcos narrativos de políticas sectoriales y estrategias comunicacionales de Estado. Por ello, especialistas y ciudadanía siguen con atención la publicación del decreto en El Peruano, conscientes de que el Nombre del Año 2026 será un indicador simbólico de las prioridades del gobierno en curso.

Cómo se tramita y publica un decreto supremo en El Peruano

Un decreto supremo en el Perú se elabora dentro del Poder Ejecutivo, se aprueba con voto del Consejo de Ministros, se firma por el presidente y los ministros competentes y entra en vigencia con su publicación oficial en el diario El Peruano. Este flujo está regulado principalmente por la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y las reglas sobre publicidad y publicación de normas en el diario oficial.​

Marco legal básico

  • La Constitución Política establece que el presidente dicta decretos supremos con aprobación del Consejo de Ministros, dentro de sus competencias normativas.​
  • La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444) complementan este marco, definiendo tipos de normas y requisitos de validez.​

Estas normas se articulan con reglamentos específicos sobre producción y publicación normativa, como el Decreto Supremo 001‑2009‑JUS y sus modificatorias, que detallan cómo se publican las normas en El Peruano.​

Elaboración del proyecto de decreto supremo

  • El proyecto suele originarse en un ministerio u órgano del Poder Ejecutivo que identifica la necesidad de una norma (por ejemplo, para aprobar un reglamento o procedimiento).​
  • De acuerdo con los lineamientos de organización del Estado y de producción normativa, la entidad proponente formula el texto, sustento técnico y base legal, y en ciertos casos aplica análisis de impacto regulatorio antes de elevarlo a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).​

En el caso de normas de alcance general y de políticas públicas, la Secretaría de Gestión Pública y la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria pueden intervenir revisando el proyecto antes de su elevación al Consejo de Ministros.​

Aprobación y refrendo en el Poder Ejecutivo

  • Para tener validez, el decreto supremo requiere el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, conforme a la Constitución y a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.​
  • Luego, el presidente de la República lo firma, y es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el ministro o ministros del sector competente, según la materia regulada.​

Algunos decretos supremos incluyen disposiciones que obligan a publicar, además, el texto completo en portales institucionales como gob.pe y la sede digital de la PCM el mismo día que su aparición en El Peruano, como mecanismo adicional de transparencia.​

Publicación oficial en El Peruano

  • La publicación oficial de normas jurídicas de carácter general se realiza en el diario oficial El Peruano, según el reglamento sobre publicidad y publicación de proyectos normativos y normas jurídicas.​
  • El artículo 6 de dicho reglamento señala que la publicación en el diario oficial determina la vigencia de la norma desde el día siguiente, salvo que el propio decreto señale una fecha distinta.​

Los decretos supremos se incluyen en la sección Normas Legales de El Peruano, donde se puede consultar el texto íntegro y la fecha exacta de entrada en vigor.​

Entrada en vigencia y efectos

  • Como regla general, el decreto supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en El Peruano, salvo que la norma disponga un plazo diferente (por ejemplo, cinco o quince días hábiles).​
  • Desde su vigencia, el decreto es obligatorio para las entidades públicas y para los administrados en el ámbito que regula, pudiendo establecer procedimientos, requisitos, derechos de tramitación o lineamientos de política pública.​

Varios decretos supremos expresamente indican en un artículo de disposiciones finales la fecha o el plazo de entrada en vigencia, y recuerdan que su cumplimiento es obligatorio para todas las entidades alcanzadas por la norma.

SOBRE EL AUTOR

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