En esta oportunidad Juan Thompson, asesor legal de la CCL, comentará sobre la deducción de gastos de servicios turísticos para perceptores de renta de trabajo; es decir para renta de 4ta y 5ta categoría.
Recuerda que mediante el D.S. Nº 432-2020-EF se establece que la deducción adicional de gasto de la renta de cuarta y quinta categoría, dispuesta para los ejercicios 2021 y 2022, son deducibles como gasto el 25% de los importes pagados por servicios turísticos. Más detalles en el video de esta nota.
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