El Congreso de la República elaboró el predictamen del proyecto de Ley 06395/2020-CR, que tiene como objeto “promover la competencia en la comercialización de medicamentos y establecer medidas de protección para los consumidores frente a prácticas comerciales que atente contra la libre competencia en los establecimientos farmacéuticos, en la cadena de distribución y en los laboratorios”.
Esta iniciativa busca, entre otros, modificar el artículo N° 24 de la Ley 29459. Esta señala que establecimientos dedicados a la fabricación, importación y distribución de productos farmacéuticos podrán vender directamente al público por reparto a domicilio o de manera virtual los productos que no necesiten receta médica, o en ciertos casos que se requiera, a través de una receta médica digital.
Del mismo modo, se busca que el sector retail, supermercados y tiendas por conveniencia vendan medicamentos para afecciones leves y de uso frecuente que no necesiten receta médica. Estos no tendrán la exigencia de la autorización sanitaria. Sin embargo, deben cumplir con las buenas prácticas de almacenamiento. Ello ha provocado un debate en especialistas del sector salud.
Carlos Fernández-Dávila, asesor legal de la Asociación Nacional de Laboratorios Farmacéuticos (Alafarpe) considera positiva esta medida y manifiesta estar de acuerdo con la misma porque se va a permitir la venta directa de productos de venta libre u OTC (over-the-counter) por parte de las droguerías a los pacientes lo cual permite “obtener mayor oferta de productos, al flexibilizar y dinamizar el mercado farmacéutico”, dijo a Gestión.pe.
En esa línea, añade que tendrá un impacto positivo en el avance hacia una mayor eficacia y autonomía en el contexto sanitario del autocuidado de cada persona, sin afectar el acceso a los servicios de salud disponibles.
Por su parte, Carla Sifuentes, directora de la Asociación Nacional de Cadenas de Boticas (Anacab) sostuvo que lo grave de esta medida es modificar la Ley General de Salud (No. 26842), Ley del Trabajo Químico Farmacéutico (28173) y el Reglamento de Establecimiento Farmacéuticos (014-2011).
Agregó que este proyecto solo se viene debatiendo en la Comisión de Defensa del Consumidor, cuando por su impacto en la salud de la población, debería estar viéndose en la Comisión de Salud del Congreso. Incluso, el proyecto de Ley N° 6395 no cuenta con la opinión ni del Ministerio de Salud ni de Digemid.
“El congresista Luna se comprometió públicamente a que el predictamen iba a debatirse en la Comisión Salud del Congreso. Hasta ahora no hay ninguna novedad en ese sentido, pese a que también se ha solicitado a la Comisión de Salud ser parte del debate técnico, sin éxito”, acota.
Una investigación realizada el año 2018 en Brasil, México, Argentina, Colombia y Chile por la Industria Latinoamericana de Autocuidado Responsable (ILAR) reveló que si la práctica del autocuidado fuera implementada en los programas de salud pública para atender solo el 50% de los casos de las cuatro enfermedades simples analizadas: diarrea, resfriados, lumbalgia y candidiasis vaginal, los ahorros en los sistemas públicos podrían ser de aproximadamente US$1,300 millones.
Al respecto, Juan Carlos Thompson, director general de la ILAR comunicó que es importante la información que se debe brindar a los ciudadanos sobre su salud. “Se debe incluir publicidad responsable autorregulada por la industria para garantizar que los productos no induzcan a error, además de educación sanitaria y alfabetización en salud sobre medicamentos de venta libre, con el objetivo de que las personas tomen decisiones informadas”, declaró a la prensa.
Para el exviceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, César Chanamé se debe tener clara la diferencia entre la automedicación y auto prescripción. La primera es una estrategia de autocuidado que permite al paciente disponer medicamentos de venta libre para tratar molestias. Pero, la auto prescripción es una mala práctica porque requiere prescripciones médicas e incluso, supervisión de un profesional de la salud.
“Esta medida amplía el acceso a medicamentos y brinda libertad a las personas de cuidarse a sí mismas. Conviene que haya más oferta, sobre todo si ayuda al autocuidado de la gente. Se debe dejar en claro en no confundir con la auto prescripción. Los medicamentos OTC son de venta libre en países desarrollados. La autoridad sanitaria nacional e internacional no tienen problema de comercializarse libremente”. Aseveró que el proyecto busca ampliar la oferta de medicinas y brinda una gran ventaja que es el acceso.
No obstante, la representante de Anacab advierte que de aprobarse el proyecto de ley se podría poner en riesgo la salud de la población. “Se promoverá la automedicación, contraviniendo todos los esfuerzos que ha venido realizando el Gobierno para erradicarla. Le quitará atención en salud a la población, dado que no accederán a la labor de orientación y farmacovigilancia de los químicos farmacéuticos. Generará un frente más para la fiscalización del Estado, que ya está limitada, dando espacio al crecimiento del comercio informal de medicamentos”, expresó.
Según Sifuentes, son necesarios establecer los mecanismos para combatir la automedicación, así como compensar la atención en salud que brindan los químicos farmacéuticos y controlar el mercado informal. De lo contrario, podría poner en riesgo la salud de la población.
Por el contrario, Fernández-Dávila asegura que no existe el peligro de promover la automedicación, pues el Predictamen bajo comentario exige la presentación de la receta electrónica para productos de venta con recete médica, mientras que los de venta sin receta no requieren de prescripción según el Registro Sanitario expedido por la propia Digemid.