(Foto: Allen Quintana / GEC)
(Foto: Allen Quintana / GEC)

Esta mañana, se promulgó en el diario oficial El Peruano el proyecto, aprobado por insistencia por el Congreso de la República, que reduce el plazo de respuesta a los reclamos que presenten los consumidores en los establecimientos comerciales de 30 a 15 días hábiles improrrogables.

En concreto, con esta norma -que ya es ley- se modifica los articulo 24 y 152 del Código de Protección y Defensa del Consumidor para que, en el caso del primero, se establece que los proveedores (empresas) están obligados a atender los reclamos presentados por sus consumidores y dar respuesta de los mismos en un plazo no mayor de 15 días hábiles improrrogables.

Mientras que el segundo establece que los consumidores podrán exigir la entrega del libro de reclamaciones para formular su queja o reclamo respecto de los productos o servicios ofertados.

Los establecimiento comerciales tienen la obligación -se indica- de dar respuesta a los reclamos y las quejas en 15 días hábiles improrrogables y de remitir al Indecopi la documentación correspondiente al Libro de Reclamaciones cuando sea requerido.

Se añade que en los procedimiento sancionadores, el proveedor denunciado debe remitir la copia de la queja o reclamo correspondiente junto con sus descargos.

Estas disposiciones entrarán en vigencia a los 60 días calendarios, es decir, a partir de mayo. También se indica que el Indecopi en un plazo no mayor de 30 días calendarios, emitirá las directivas necesarias o adecuará las existentes para su aplicación efectiva.

Cabe recordar que el Indecopi informó en quincena de marzo -tras su aprobación por insistencia en el Congreso- que activó un plan de trabajo para implementar esta norma a nivel nacional.

A través de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, el Indecopi ya activó un plan para la inmediata implementación de la ley, a fin de lograr su cumplimiento, desde las Mipymes hasta las grandes empresas.

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