La Comisión de Constitución aprobó hacer cambios a la norma que regula la vacancia presidencial.
La Comisión de Constitución aprobó hacer cambios a la norma que regula la vacancia presidencial.

Pese a que el debate del adelanto de elecciones generales se pospuso hasta inicios de agosto, la comisión de Constitución continúa revisando otros proyectos de ley vinculados a la reforma política.

Por mayoría, el grupo de trabajo que preside Hernando Guerra García aprobó el dictamen que modifica el artículo 117 de la Constitución e incorpora nuevos delitos para poder acusar al presidente de la República durante su mandato.

Fueron 17 los legisladores que votaron a favor de la propuesta, mientras que cinco se opusieron y tres se abstuvieron.

Las bancadas de Fuerza Popular, Avanza País, Renovación Popular, APP y Somos Perú apoyaron la propuesta, mientras que Perú Libre y el Bloque Magisterial se opusieron.

Al tratarse de una reforma constitucional, la norma requiere su aprobación en el Pleno en dos legislaturas consecutivas y con un voto mínimo de 87 legisladores. Otra opción es que sea aprobada con 66 votos y, posteriormente, sea ratificada a través de un referéndum.

El dictamen estipula que el Presidente “sólo puede ser acusado, durante su período, por traición a la Patria, por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales, por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral”.

Se agrega en el texto que el mandatario también puede ser acusado por la “imputación de delitos vinculados al terrorismo, narcotráfico, corrupción de funcionarios (colusión, cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio, cohecho activo transnacional, cohecho activo especifico, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, tráfico de influencias, y enriquecimiento ilícito) y delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional (rebelión, sedición y motín)”.

“Se precisa que el presidente de la República puede ser investigado por el fiscal de la Nación por los delitos señalados en el articulo 117 durante el periodo presidencial. La investigación abarca la etapa de diligencias preliminares y la formalización y continuación de la investigación preparatoria, procediéndose a la formulación de la acusación constitucional ante el Congreso de la República de ser el caso”, se lee en el texto.

En el debate varios legisladores, como Flor Pablo, Jaime Quito y Luis Aragón, pidieron incorporar en ese listado otros delitos, como pertenencia a una organización criminal, lavado de activos, delitos contra la libertad sexual y los derechos humanos; no obstante, las solicitudes fueron desestimadas.

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Causales de vacancia

La comisión de Constitución también aprobó por 18 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones, la propuesta para modificar el artículo 113 de la Carta Magna y regular la vacancia presidencial. Las bancadas de Fuerza Popular, Avanza País, Renovación Popular, APP y Somos Perú apoyaron la propuesta, mientras que Perú Libre y el Bloque Magisterial se opusieron.

De acuerdo al texto aprobado, el presidente de la República vaca por “su permanente incapacidad mental o física, debidamente acreditada de forma unánime por una junta médica sin conflictos de interés, y declarada por el Congreso, de conformidad con el procedimiento de vacancia por esta causal establecido en el Reglamento del Congreso de la República”.

También el mandatario puede ser vacado por su

Al respecto, Guerra García indicó que, después de escuchar a varios especialistas, se acordó elaborar un texto con una “fórmula mixta”.

“Después de haber escuchado a muchos especialistas (algunos señalaban que se debía eliminar la incapacidad moral y otros que no se toque) lo que hemos hecho es una fórmula intermedia. Hemos señalado algunas causales y se mantiene abierto (el tema). Recordemos que esto ha funcionado en nuestra historia y es el Congreso el que decide, no es el que califica la moralidad, sino decide si un acto del presidente puede ser moral o inmoral. Esto se mantendrá y creo que es una institución que es parte de la historia de nuestras constituciones, y que debería mantenerse”, acotó a la prensa.

El legislador de Fuerza Popular descartó que en el Parlamento se haya abusado de la vacancia presidencial. En ese sentido, se mostró a favor de que se mantenga la cantidad de votos (87) para poder vacar a un mandatario.

“En la historia del Perú se ha utilizado creo que tres o cuatro veces. Entonces, esa es la prueba de que no se ha utilizado innumerables veces, tampoco ha sido fácil alcanzar los votos necesarios (87) (...) en mi opinión no es que se haya abusado de eso (vacancia), es una institución que los congresistas consideran que debe mantenerse. Eliminarlo sería ponernos en la posibilidad de que un presidente mañana cometa un delito grave y no pueda ser ni siquiera sancionado”, remarcó.

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