El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Blume, hizo un llamado para que la lucha contra la corrupción se haga respetando la Constitución, y aseguró que las sentencias del tribunal, como la más reciente que dispone la liberación de Keiko Fujimori anulando los 18 meses de prisión preventiva, son ajenas a todo poder político.
“Las sentencias del TC son ajenas a todo poder político, a todo poder fáctico, pues el TC es autónomo e independiente y es muy consciente del mandato constitucional que le impone el defender los derechos fundamentales y la constitucionalidad [...] La justicia constitucional no se subordina a ningún poder político ni al poder de una burocracia o de algunos funcionarios, ni mucho menos a rumores generados para orientar la opinión pública”, manifestó.
El titular del TC recordó que, en su decisión, no ha declarado sobre Keiko Fujimori “su absolución ni la ha condenado”, responsabilidad que indicó es exclusiva del Poder Judicial.
“La única forma de fortalecer las instituciones y luchar de manera coherente contra la corrupción es llevar a cabo una lucha constitucionalizada contra la corrupción de manera que resulte coherente con el respeto de los principios y los derechos fundamentales. Es un imperativo nacional constitucional que la lucha anticorrupción sea legítima, válida y auténtica”, manifestó el magistrado.
Ernesto Blume detalló que el fundamento de la resolución que alcanzó la mayoría de votos fue la que consideró que sí hubo una afectación a la libertad personal de Keiko Fujimori, y no los otros puntos que planteó dentro de su ponencia original.
“La parte demandante invocó la afectación de varios derechos, por ejemplo el derecho a la debida motivación, el derecho a defenderse, a la pluralidad de instancias, derecho al contradictorio, etc. Lo que ha concitado los cuatro votos es el derecho a la libertad personal. En lo otro hay puntos de vista discrepantes”, precisó el magistrado.
Blume Fortini también aseguró que no se han pronunciado sobre el fondo del caso, en lo referente a las pruebas que fueron planteadas para justificar el pedido de prisión preventiva contra Keiko Fujimori por presunto riesgo procesal.
“No es que mi ponencia entre al tema de fondo o evalúe pruebas, sino que se refiere a un derecho reclamado, a la debida motivación que obliga al TC a analizar el contenido de la resolución, no para pronunciarse sobre el fondo o valorar las pruebas, sino para observar si el juez respetó los lineamientos de la debida argumentación”, manifestó.