La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó un dictamen que reduce el nivel de sanciones. La nueva norma, aunque indica que sean mayores a 1,500 UIT, pone un tope del 15% de los ingresos percibidos por el producto o servicio del cual se cometió la infracción, ya no por todos los ingresos de la empresa o grupo económico.
Por ello, la pregunta de hoy es:
¿Se deben bajar las multas a las empresas que concerten precios?
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