El Estado argentino había argumentado que la fecha de expropiación debía ser la del 7 de mayo, cuando entró en vigor la ley que daba cobertura legal a los hechos.
El Estado argentino había argumentado que la fecha de expropiación debía ser la del 7 de mayo, cuando entró en vigor la ley que daba cobertura legal a los hechos.

La jueza federal del Distrito Sur de Nueva York, Loretta Preska, falló este viernes a favor del fondo Burford Capital en su litigio con el por la expropiación de YPF, y a pagar el mayor monto posible, US$ 16,000 millones.

La jueza especifica en su fallo hecho público hoy que “la República (Argentina) ejerció un control indirecto sobre el número requerido de acciones de el 16 de abril de 2012, y en consecuencia desencadenando esa licitación”, y añade que “los intereses anuales retroactivos del 8% son apropiados y deben constar desde el 3 de mayo de 2012″.

Finalmente, la Corte declara que el cálculo del profesor Fischel de la oferta de licitación es correcto y se basa en la ratio precio/valor requerido en la fórmula D”, señala el fallo de 25 páginas de la jueza, un fallo que el diario Clarín ha considerado “catastrófico” para Argentina.

Mientras que la acusación reclamaba US$ 16,000 millones, Argentina estimaba que -con base en un fallo anterior de la jueza- le correspondería abonar cerca de US$ 5,000 millones, aunque el Gobierno del país suramericano ya adelantó que recurriría cualquier decisión al respecto.

El caso se remonta a ocho años atrás y en él se dirimía la compensación que Argentina debe o no pagar a inversores de YPF, que argumentan que se vieron afectados cuando el Estado expropió a la española Repsol el 51% de las acciones de la petrolera y no hizo una oferta pública por el resto de títulos.

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Argentina pierde los dos argumentos: fecha y tasa de interés

El fallo de la jueza se centra en dos cuestiones principales: primero, establece que “la fecha de desposesión (es decir, de la expropiación de Repsol) fue el 16 de abril de 2012″ -fecha en que se emitió el decreto de expropiación-, algo que “incluso los mercados reconocieron”, pues ese mismo 16 de abril las acciones de YPF cayeron más de un 40%, recuerda la jueza.

El Estado argentino había argumentado que la fecha de expropiación debía ser la del 7 de mayo, cuando entró en vigor la ley que daba cobertura legal a los hechos.

Es significativo que incluso los funcionarios argentinos reconocieron que el 16 de abril fue, a todos los efectos prácticos, la fecha en que Repsol ya no pudo disponer de sus acciones para controla la compañía”, y cita a continuación palabras del entonces secretario de Política Económica Axel Kicillof.

La segunda cuestión, la más lesiva para el estado argentino, es la de la tasa de interés retroactiva, que Buenos Aires reclamaba fuera del 0%, pero la jueza ha optado por la valoración más alta.

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La Corte determina que la tasa de interés del 8% es apropiada y equitativa (...), es la tasa que la República (Argentina) concede en similares circunstancias. La República pagó a Repsol por sus acciones expropiadas de YPF 5,000 millones de en bonos del tesoro, incluyendo la deuda que llevaba aparejado un interés compuesto del 8%”, especifica la jueza.

Es una tasa que entra perfectamente dentro de los rangos que imponen los tribunales argentinos”, insiste el fallo.

La defensa de Argentina había pedido a la jueza que no impusiera el pago de intereses y que, si decidia hacerlo, lo estableciera como mucho en una banda de entre el 3% y el 4%, pero finalmente la jueza ha desestimados sus argumentos.

Apelará fallo

El Gobierno argentino apelará inmediatamente el fallo de la jueza Loretta Preska”, publicó en sus redes sociales la portavoz presidencial, Gabriela Cerruti.

El presidente de Argentina, Alberto Fernández, quien se encuentra en India para participar en la Cumbre del G20, “analizó la cuestión con la Procuración del Tesoro”, agregó la vocera.

Seguiremos defendiendo la soberanía energética y nuestra empresa estatal YPF frente a los fondos buitres”, advirtió.

Fuente: EFE

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