La información deberá estar registrada en la historia clínica del asegurado. (Foto: Difusión)
La información deberá estar registrada en la historia clínica del asegurado. (Foto: Difusión)

Si usted ha sufrido un accidente o conoce de alguien que pueda necesitar de un , entonces debe saber sobre todo lo necesario para tramitar este permiso laboral y no se vea perjudicada su próxima boleta de pago.

El Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT), conocido también como certificado de descanso médico, ampara a los trabajadores por no haber ido a laborar contemplando su estado de salud.

Es obligatorio que el documento sea entregado por el médico que realiza la atención. También puede ser el caso para algunas patologías, odontólogos y obstetras. La información deberá estar registrada en la historia clínica del asegurado.

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¿Qué es el descanso médico?

El descanso médico es un documento que se otorga por contingencias comunes (enfermedad común, accidente común, accidente de trabajo sin seguro complementario de trabajo de riesgo, laborales (accidente de trabajo con el seguro complementario de trabajo de riesgo y enfermedad profesional) y maternidad (embarazo único, embarazo múltiple, embarazo prolongado y recién nacido con discapacidad).

En consulta externa por enfermedad y accidente común, podrá otorgarse hasta por un período máximo de 30 días por vez, siempre se debe incluir los días no laborables, sábados, domingos, feriados, así como los periodos de vacaciones.

¿Cuáles son los requisitos?

El colaborador tendrá que registrar el tipo de contingencia (enfermedad o accidente) y la duración del periodo de incapacidad.

El certificado médico debe tener por ley lo siguiente:

  • Nombre completo del paciente.
  • Diagnóstico médico.
  • Fecha de inicio y término del descanso.
  • Número de días de descanso médico.
  • Firma (igual que en el DNI), sello y número de colegiatura del médico tratante.
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Covid-19

Como parte del trabajo por prevención contra el , es necesario que toda persona que está infectada, o tenga sospecha de estarlo, debe guardar aislamiento domiciliario y descanso médico (de ser el caso) para evitar contagiar a más personas.

Conozca cuáles son estos períodos, según las nuevas disposiciones de las autoridades en salud:

  • Pacientes sintomáticos: se les restringe el desplazamiento fuera de su vivienda o centro de aislamiento por 10 días, contados a partir de la fecha de inicio de síntomas.
  • Pacientes sintomáticos con vacuna completa (tres dosis) y sin comorbilidad: el aislamiento será por un lapso de 7 días.
  • Personas asintomáticas sin factores de riesgo: el aislamiento se mantendrá hasta 7 días después de la fecha de la prueba.
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