
Para la Segunda Elección Presidencial 2026, el JNE ha confirmado que la denominada ley seca se aplicará durante 48 horas continuas alrededor del día de votación, tal como establece el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones. En concreto, la restricción inicia el sábado 6 de junio a las 8:00 a. m. y se extiende hasta el lunes 8 de junio a las 8:00 a. m., cubriendo toda la jornada electoral del domingo 7 de junio.
Esto significa que desde la mañana del sábado ya no podrás comprar bebidas alcohólicas en bodegas, supermercados, restaurantes, bares, discotecas ni en ningún establecimiento abierto al público. La medida busca garantizar un voto informado y responsable, reducir incidentes vinculados al consumo de alcohol y facilitar el trabajo de las autoridades electorales y policiales en todo el territorio nacional.
¿Qué está prohibido exactamente durante la ley seca?
De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones y las disposiciones del JNE, durante la ley seca está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas de cualquier tipo en locales abiertos al público. Esto incluye la venta directa en tiendas físicas, así como el despacho a domicilio si el negocio está formalmente abierto y atendiendo pedidos al público en general.
Asimismo, los establecimientos dedicados exclusivamente a la venta o consumo de alcohol —como bares, cantinas, discotecas o licorerías— deben suspender sus actividades comerciales durante todo el periodo de ley seca. Si un local ignora la medida y vende alcohol, se considera infracción electoral y se expone a clausuras temporales, sanciones económicas y procesos penales para los responsables.

Multas y sanciones del JNE por incumplir la ley seca
Las sanciones por incumplir la ley seca están previstas en la Ley Orgánica de Elecciones y han sido reiteradas por el JNE, así como por medios oficiales y especializados en normativa electoral. Quienes vendan o expendan bebidas alcohólicas durante el periodo prohibido pueden recibir una pena privativa de libertad no mayor de seis meses y una multa no menor del 10% del ingreso mínimo legal, además de la clausura del establecimiento.
En paralelo, las autoridades pueden decomisar la mercadería y levantar un acta de infracción, que servirá como base para el proceso sancionador correspondiente ante el Ministerio Público y el Poder Judicial. Aunque el foco principal está en quienes venden o facilitan el expendio de alcohol, los consumidores que participen en disturbios o faltas vinculadas al consumo también pueden enfrentar detenciones y procesos según el Código Penal y las normas de orden público.
Recomendaciones prácticas para no infringir la ley seca
Si planeas reunirte con familia o amistades durante el fin de semana electoral, organiza tus compras con anticipación y respeta la ventana horaria de la ley seca. Ten en cuenta que, aunque tengas stock en casa adquirido antes de la restricción, cualquier conducta que implique venta al público o consumo visible en locales abiertos al público puede ser fiscalizada.
Para los dueños de bodegas, restaurantes y bares, es clave comunicar de forma clara a sus clientes que durante el periodo de ley seca no se venderán bebidas alcohólicas y ajustar sus cartas o promociones para evitar sanciones. Además, conviene revisar las comunicaciones oficiales del JNE y de tu municipalidad, ya que suelen reforzar los operativos de control y las campañas informativas en los días previos a la elección.
Otras restricciones electorales relacionadas
Junto con la ley seca, en la Segunda Vuelta también entran en vigencia otras restricciones electorales, como la prohibición de propaganda política en medios y espacios públicos desde las 00:00 horas del sábado 6 de junio. Además, el día de la elección se restringen las concentraciones o actividades de naturaleza política dentro de un perímetro de 100 metros alrededor de los locales de votación, desde la apertura de mesas hasta el cierre de la jornada.
Estas medidas complementarias buscan asegurar un entorno neutral, ordenado y seguro para que los ciudadanos acudan a votar sin presiones ni disturbios. A nivel de enforcement, el JNE coordina con la ONPE, el Ministerio del Interior y las Fuerzas Armadas para supervisar el cumplimiento de estas disposiciones en todo el país.
Preguntas frecuentes (FAQs) sobre ley seca Elecciones Perú 2026
1. ¿Desde cuándo rige la ley seca por la Segunda Vuelta 2026? La ley seca rige desde el sábado 6 de junio a las 8:00 a. m. hasta el lunes 8 de junio a las 8:00 a. m., abarcando todo el día de votación del domingo.
2. ¿Puedo comprar alcohol por delivery durante la ley seca? No, la prohibición alcanza la venta y expendio al público en general, lo que incluye pedidos por delivery desde establecimientos formales durante el periodo restringido.
3. ¿Qué pasa si un bar o restaurante vende alcohol igual? El local se expone a multa, clausura temporal y sus responsables pueden enfrentar pena de cárcel de hasta seis meses, según la Ley Orgánica de Elecciones.
4. ¿Me pueden sancionar solo por consumir alcohol en mi casa? La norma se centra en la venta y expendio en lugares abiertos al público, pero cualquier hecho que derive en desorden o delito por consumo puede generar intervención policial y consecuencias penales.
5. ¿Dónde puedo verificar la información oficial sobre la ley seca? Puedes revisar las notas y comunicados del Jurado Nacional de Elecciones en su portal institucional, así como las publicaciones informativas de medios como TV Perú, Andina o El Comercio que citan al JNE como fuente.







