
En el Perú, la ley seca a la prohibición temporal de vender y consumir bebidas alcohólicas durante el fin de semana electoral. Esta medida está regulada por la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859) y tiene como finalidad garantizar que la jornada de votación se desarrolle con orden, seguridad y sin alteraciones del orden público.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recuerda en cada proceso que estas restricciones buscan que los ciudadanos acudan a las urnas en mejores condiciones para tomar decisiones informadas. Además, el JNE coordina con municipalidades y Policía Nacional para fiscalizar el cumplimiento de la normativa en todo el territorio nacional.
¿Desde cuándo y hasta cuándo rige la ley seca por las Elecciones 2026?
Para las Elecciones Generales 2026, la ley seca se aplicará a nivel nacional desde el sábado 11 de abril a las 8:00 a. m. hasta el lunes 13 de abril a las 8:00 a. m.. Este periodo coincide con lo que dispone el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones, que establece un rango de 48 horas alrededor del día de la votación.
Considerando que el domingo 12 de abril es el día de los comicios, el horario oficial se distribuye así: todo el sábado desde las 8:00 a. m., todo el domingo y parte del lunes hasta las 8:00 a. m. En ese lapso, la restricción se aplica por igual en ciudades, distritos urbanos, zonas rurales, balnearios y otros puntos del país.
¿Qué está prohibido durante la ley seca?
El artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase mientras rige la ley seca. Esto implica que bodegas, restaurantes, bares, discotecas, supermercados, licorerías y cualquier otro local comercial no pueden vender alcohol dentro del horario establecido.
La norma también ordena el cierre de los establecimientos, o de los espacios dentro de comercios, dedicados exclusivamente a la venta de bebidas alcohólicas durante ese periodo. En la práctica, esto incluye secciones de licores en supermercados o tiendas por conveniencia cuando estén destinadas precisamente a ese expendio.
Es importante que los ciudadanos tengan en cuenta que, además de la venta, las autoridades pueden intervenir locales donde se promueva el consumo de alcohol en medio de reuniones con fines políticos o festivos vinculados al contexto electoral. Municipalidades, fiscalizadores del JNE y la Policía realizan operativos para verificar que no se vulneren las restricciones.
Multas, prisión y clausuras: sanciones por incumplir la ley seca
El inciso a) del artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones establece que incumplir la ley seca puede derivar en multas económicas significativas. Según la información difundida, la sanción económica no será menor al 10% del ingreso mínimo vital multiplicado por 30 días de multa, lo que se ha estimado en aproximadamente S/ 3 390.
Además, si el infractor se resiste a la autoridad, participa en disturbios o genera problemas de orden público bajo los efectos del alcohol, se puede aplicar pena de prisión efectiva de hasta seis meses. Estas penas buscan ser un desincentivo claro frente a acciones que puedan poner en riesgo la seguridad durante el proceso electoral.
La norma también contempla la clausura e inhabilitación inmediata del establecimiento que desacate la ley seca y facilite la venta o el consumo de bebidas alcohólicas en el horario prohibido. Esto puede afectar no solo al dueño del negocio, sino también al personal responsable de la atención, por lo que se recomienda cumplir estrictamente los horarios oficiales.
Recomendaciones prácticas para ciudadanos y negocios en Perú
Para los ciudadanos, la recomendación es planificar con anticipación y evitar la compra de bebidas alcohólicas a última hora del viernes, cuando ya está cerca el inicio de la ley seca. Tener presente que desde la mañana del sábado 11 de abril no será posible adquirir alcohol legalmente ayuda a evitar contratiempos y sanciones.
En el caso de comercios, bares y restaurantes, resulta clave adaptar sus horarios y promociones al calendario electoral, comunicando a sus clientes que no podrán vender alcohol dentro del periodo de restricción. Además, es recomendable capacitar al personal sobre las normas y las sanciones, para que nadie incurra en faltas por desconocimiento.
Finalmente, ante cualquier duda, los ciudadanos pueden consultar los canales oficiales del Jurado Nacional de Elecciones y la normativa contenida en la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859), que detalla el alcance de la ley seca y otras restricciones electorales, como la difusión de encuestas o la realización de reuniones políticas. De esta manera, se contribuye a un proceso electoral ordenado, transparente y respetuoso de las reglas que rigen las Elecciones Generales 2026 en el Perú.







