El Aporte por Regulación (APR) se puede “traducir” como un tributo que las empresas y entidades deben pagar a los organismos reguladores para financiar su funcionamiento. Para ello se establece una alícuota (porcentaje o fracción) del APR. Un reciente cambio en dicha alícuota para el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), en Perú, ha causado algunas dudas alrededor.
Hay que retroceder ligeramente para entender mejor esto. En el 2021 se publicó un decreto supremo (DS) que fijó la alícuota del APR para el periodo 2022 – 2024 y se estableció que la misma podía ser revisada cada 3 años, “en mérito al pedido fundamentado que formule el Osiptel, a fin de garantizar el financiamiento necesario que le permita cumplir adecuadamente con las funciones asignadas por la ley que financia el tributo”.
Base de cálculo del APR: Es calculada sobre el valor de la facturación anual de las empresas operadoras, que corresponda a las operaciones relacionadas con la actividad de supervisión y regulación del Osiptel, deducido el Impuesto General a las Ventas (IGV), el Impuesto de Promoción Municipal y los cargos de interconexión pagados.
En ese momento se determinó que para las operaciones relacionadas con las actividades que involucran la prestación de los servicios públicos móviles de telefonía móvil, de comunicaciones personales, de troncalizado digital y de acceso a internet móvil, la alícuota sería de 0.7997% en el 2022, 0.7998% en el 2023 y 0.7450% en el 2024.
Dado que ese DS ya no determinaba porcentajes más allá del 2024, en diciembre del año pasado -con firma de la Presidencia, Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)- se estableció un nuevo decreto donde se señaló que para las operaciones antes mencionadas la alícuota del APR sería de 0.5% para este y los próximos dos años. Esto llamó la atención a diferentes actores del sector con los que Gestión pudo conversar, pues se esperaba un incremento más que una reducción.
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Reducción de alícuota
De hecho, fuentes del Gobierno peruano con las que se pudo tener contacto comentaron a este diario que inicialmente el MEF habría determinado técnicamente que se mantenga un 0.75% tras revisar la sustentación de los costos del regulador. Sin embargo, en la “discusión final”, cuando debe sumarse PCM, esto habría tenido un giro.
Tal es así que tras aprobarse finalmente la alícuota de 0.5% para el 2025, 2026 y 2027, Osiptel habría enviado un documento al MEF solicitando que teniendo en mente el “0.75%” previsto al inicio se pueda revisar nuevamente, lo que habría llevado al regulador a realizar un nuevo sustento de sus costos.
Para aterrizar la idea y entender mejor los procesos: el regulador debe enviar la sustentación de sus costos, sus actividades y, en general, todo lo que se hará en los próximos tres años. En función a ello, el MEF realiza una evaluación y calcula el porcentaje. “Se habría hecho esa evalución y salió el porcentaje de 0.75% (...) pero en la discusión más política se habría decidido cambiar”, expresa una de las voces consultadas.
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Análisis sobre Osiptel
Consultado al respecto, Flavio Ausejo, director de Educación Continua de la PUCP, quien también formó parte del Osiptel entre 2000 y 2002 y de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) entre 2013 y 2018, mostró su preocupación por esta decisión del Gobierno.
“Conversando con los que han estado involucrados en esto, Osiptel quería que se le subiera a 0.8%, pero, contrario a ello, bajaron (la alícuota). Las ‘banderas rojas’ están levantadas (...) porque se necesita que se pueda tener un buen manejo de supervisión y fiscalización y gente preparada para hacer los cálculos tarifarios adecuados, entre otras cosas. Eso es lo que paga estos recursos que recibe”, remarcó Ausejo.
Agregó: “El mercado de telecomunicaciones hoy en día es mucho más sofisticado que el que existía años atrás. Si hay un sector donde la tecnología ha avanzado de manera vertiginosa son las telecomunicaciones”.
A su consideración, “se necesita varias cosas: metodologías que permiten hacer fiscalizaciones en organizaciones complejas, capacidades actualizadas para poder regular a estas empresas, y reclutamiento de profesionales A1 (...) Para todo esto se requieren recursos”. “El que no le des recursos al regulador, reduce de manera significativa su capacidad de regular a las empresas”, finalizó del director de Educación Continua de la PUCP.
Para Ausejo, además, se afecta la capacidad financiera del regulador, unos de los principios básicos del estándar OCDEE en el modelo de buena gobernanza.
Editora de Economía y coordinadora de ESG del diario Gestión. Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Con casi 10 años de experiencia profesional en el rubro.
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