Con el objetivo de agilizar las autorizaciones judiciales que permiten a las municipalidades realizar medidas correctivas, recientes modificaciones introdujeron cambios en el procedimiento para la ejecución de demoliciones
En el evento “¿Cómo detener una orden de demolición express?”, organizado por el Estudio Echecopar asociado a Baker & McKenzie, se explicó que una de estas reformas simplificó el descerraje, proceso por el que las municipalidades obtienen la autorización para intervenir en inmuebles privados o públicos, ya sea por razones de orden urbanístico o de seguridad.
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Cambios
El estudio explicó que el descerraje, bajo la Ley 32035, experimentó un cambio importante sobre su procedimiento, particularmente, en la rapidez y el proceso de obtención de la autorización judicial. Anteriormente, para realizar uno, se requería una orden judicial que podía tardar más tiempo en ser emitida y el juez debía realizar un análisis más detallado del caso antes de aprobar la entrada forzada a un inmueble.
Con la modificación, este proceso se agilizó. Uno de los cambios más importantes fue la sustitución del juez civil por el juez de paz letrado para solicitar la autorización de descerraje, medida que facilita la entrada a propiedades para proceder con la demolición cuando sea necesario,
En el evento del estudio se señaló que el juez de paz letrado tiene la obligación de resolver la solicitud en un plazo máximo de 24 horas. Además, no es necesario que se notifique previamente al propietario o titular del inmueble. Esto elimina posibles demoras asociadas a la comunicación o presentación de alegatos por parte del afectado.
También implica que, si las autoridades consideran necesario el descerraje para proceder con la demolición u otra medida correctiva, la autorización judicial se puede obtener de manera mucho más rápida y eficiente. Además, el juez no tiene que convocar a una audiencia ni dar oportunidad al propietario para presentar objeciones antes de otorgar la autorización.
Durante el evento se criticó las modificaciones por reducir las garantías procesales tradicionales, que generalmente incluían notificaciones previas y la posibilidad de impugnar decisiones en el marco de procedimientos más largos. También se analizó el impacto en el debido proceso, particularmente, en relación con los derechos de defensa de los propietarios o titulares de inmuebles
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¿Sanción o medida correctiva?
Hugo Alonzo, asociado principal del Estudio Echecopar, refirió que, bajo las modificaciones recientes, las demoliciones ya no se consideran una sanción impuesta al final de un proceso administrativo, sino que ahora se catalogan como una medida correctiva.
“Una sanción, en el contexto anterior, implicaba que la demolición era la consecuencia de una infracción verificada a través de un procedimiento sancionador, en el cual el afectado tenía derecho a ser notificado, presentar descargos y defenderse”, señaló.
En cambio, mencionó que una medida correctiva busca corregir una situación irregular de manera inmediata, sin necesidad de seguir un proceso largo de verificación de faltas. Esta medida se impone rápidamente para resolver problemas que la autoridad considera urgentes, como el peligro estructural de un inmueble o la necesidad de liberar una vía pública.
Al ser correctiva y no sancionadora, el descerraje se vuelve más expedito. Según Alonzo, esto puede limitar las oportunidades del propietario para oponerse o defenderse antes de que se ejecute la demolición.
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Desde su perspectiva, Martín Mejorada, socio de Mejorada Abogados, no consideró que sea una violación al debido proceso, ya que el propietario del inmueble tiene varias oportunidades para defenderse antes de que se ejecute la demolición.
Desde el momento en que se emite la notificación de demolición, el propietario puede impugnar la resolución administrativa ante un juez, lo que suspende la ejecución. Esto garantiza que el propietario puede presentar sus argumentos en un proceso judicial si no está de acuerdo con la orden.
Además, el juez verifica que todos los procedimientos y competencias legales hayan sido cumplidos antes de autorizar el descerraje. Así, se asegura que la autoridad no esté actuando fuera de sus atribuciones, ofreciendo garantías al propietario.
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Procesos
Mejorada explicó que el proceso para descerraje y demolición tiene una estructura clara. Primero, la municipalidad emite una resolución de demolición basada en irregularidades detectadas en la construcción y el propietario recibe una notificación. Si no está de acuerdo, puede presentar una impugnación judicial, que detendría el proceso.
Si no lo hace o si pierde el juicio, la resolución queda firme y el ejecutor coactivo, que es responsable de la ejecución, solicita al juez la autorización de descerraje. El juez revisa la legalidad del procedimiento y, si todo está en orden, otorga la autorización para que la municipalidad proceda con el ingreso y la demolición.
“Este procedimiento asegura que el propietario ha tenido todas las oportunidades de defenderse, manteniendo el debido proceso”, recordó.
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Opciones
Alonzo mencionó que, aunque el nuevo proceso para la ejecución de demoliciones es más rápido, los propietarios afectados aún tienen algunas alternativas para defender sus derechos.
Una de ellas es la posibilidad de interponer un proceso de revisión de legalidad. Este recurso, al ser presentado, suspende la ejecución de la demolición hasta que se resuelva el caso.
Sin embargo, Alonzo aclaró que la revisión de legalidad no cuestiona el acto administrativo que impone la medida correctiva (la demolición), sino que se limita a revisar si el inicio de la ejecución coactiva fue procedente.
Además de la revisión de legalidad, Alonzo señaló que el propietario también podría recurrir a otros mecanismos, como iniciar un proceso de amparo, si considera que sus derechos constitucionales fueron vulnerados. No obstante, enfatiza que la opción más rápida y efectiva para detener la demolición es la revisión de legalidad.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.