Para la legislación peruana, el hostigamiento sexual en el trabajo es un acto de violencia. (Foto: Archivo Correo)
Para la legislación peruana, el hostigamiento sexual en el trabajo es un acto de violencia. (Foto: Archivo Correo)

El cortejo, enamoramiento o cualquier otra relación que surja con ocasión del trabajo, en el que existe consentimiento de ambas partes, es ajeno al interés del empleador y a la legislación laboral, siempre que se cumplan las obligaciones de trabajo y las reglas de conducta en el empleo, ya que forma parte de su vida privada.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.