La normativa laboral peruana permite a los empleadores realizar un despido justificado en caso el trabajador tenga un bajo desempeño.
Pero para que la medida resulte válida, debe verificarse un desempeño deficiente respecto al “rendimiento promedio de labores y bajo condiciones similares”, señala el artículo 59 del Decreto Legislativo N° 728.
Es por ello que, para aplicar este tipo de despidos, los empleadores previamente deberán desarrollar indicadores de productividad, según cada tipo de actividad, y así establecer los rendimientos promedios entre los trabajadores de una misma área de labores, indicaron los especialistas consultados para esta nota.
“La aplicación de esta figura no es masiva, pues en algunos casos resulta difícil acreditar ese menor rendimiento”, refiere el abogado laboralista Jaime Cuzquén, socio de EY.
“En una empresa textil, si cada operario corta una determinada cantidad de pantalones al día, es más sencillo establecer un indicador. Pero en una obra de construcción resultaría más complicado, pues no hay un producto tan identificable que se pueda individualizar”, agrega por su parte Dante Botton, asociado principal del estudio Payet.
No obstante, los laboralistas subrayan que se pueden establecer indicadores de productividad para cualquier tipo de actividad, ya sea para labores operativas como intelectuales.
“Por ejemplo, en el caso de un estudio de abogados, que sería una labor más intelectual, se puede establecer un indicador de entrega de treinta informes al mes. Y si un abogado solo entrega cinco informes al mes, estaría incurriendo en causal de despido por bajo rendimiento”, refiere Botton.
“La norma aplica para cualquier tipo de actividad, tanto para el sector privado o público, y para cualquier nivel de posición del trabajador”, remarca por su parte Cuzquén.
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¿Cuánto más bajo respecto al promedio debe ser el rendimiento del trabajador para estar en riesgo de ser despedido por bajo rendimiento? Al respecto, Botton refiere que la norma no lo especifica, por lo que dependerá de la evaluación que haga el empleador.
“Debería ser un porcentaje menor llamativo. Nosotros recomendamos que por lo menos el trabajador tenga un rendimiento 20% menor a los demás”, anotó.
¿Por cuánto tiempo debe reiterarse el bajo desempeño para que el trabajador esté en riesgo de ser despedido? La norma laboral tampoco responde a esta pregunta. Solo indica que la empresa deberá dar un plazo de 30 días al trabajador para que corrija la deficiencia detectada.
Botton recomienda dar este ultimátum después de por lo menos tres meses de reiterado bajo desempeño, para así tener un horizonte más claro sobre el rendimiento del trabajador.
Este fue el caso ocurrido en una entidad financiera, donde un trabajador fue despedido tras no cumplir por varios meses las metas alcanzadas por sus demás compañeros, recuerda Botton. Si bien el trabajador impugnó la medida en vía judicial, su demanda fue rechazada en última instancia por la Corte Suprema (Casación Laboral 11280-2020 Lima), pues la empresa acreditó el bajo rendimiento del trabajador respecto a sus compañeros, en iguales condiciones.
Si bien los despidos bajo esta causal no son masivos, en los últimos años ha crecido el interés por su aplicación, refiere Botton.
“Ahora se está usando más que antes; las empresas están siendo más conscientes sobre esta posibilidad. Cada vez nos llegan más consultas de empresas sobre este tema, en sectores como el financiero y en labores en que hayan entregables”, indicó.
Norma podría cambiar
Un proyecto ley (N°3775/2022-CR) presentado a fines del año pasado por la bancada Cambio Democratico- Juntos por el Perú busca restringir el uso de esta causal de despido.
La iniciativa legislativa establece que antes de ejecutar el despido, el empleador deberá reportar el caso al Ministerio de Trabajo, que deberá verificar que la medida se encuentre justificada.
Al respecto, Botton refiere que el proyecto de ley resulta inconstitucional, pues afecta la libertad de empresa. “Es el empleador el que tiene la potestad de definir si un trabajador tiene un adecuado rendimiento, de lo contrario, se estaría interviniendo en el poder de dirección que tiene el empleador”, criticó.
En ello coincidió Cuzquén. “El proyecto de ley va en contra de la promoción de la productividad. Si bien este tipo de despidos es poco usado, de aprobarse este proyecto esta figura en la práctica desaparecería”, anotó.
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