El Gobierno peruano ha dejado claro que la aplicación de la vacuna contra el coronavirus no es obligatoria. Sin embargo, una parte de la población sí podría afrontar esta exigencia en el ámbito privado. Dos abogados laboralistas consultados por gestion.pe coinciden en señalar que en determinadas circunstancias una empresa sí podría exigir a sus trabajadores vacunarse para desempeñar sus funciones.
La empresa podría elaborar una política interna que establezca la obligatoriedad de vacunarse, sobre todo si el personal es vulnerable a contagiarse porque está en contacto con pacientes de COVID-19 (en el sector salud) o puede contagiar a otras personas por estar en contacto con el público, señala Cristina Oviedo, socia del área laboral de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Además, esta condición podría establecerse en los contratos de trabajo.
“Si una empresa incluyera esta obligación en su política interna y un trabajador no la cumpliera, podría ser sancionado e incluso despedido”, dijo a gestion.pe. Sin embargo, aclaró que esta exigencia debe ser razonable, es decir que debe basarse en un riesgo concreto de que la negativa del trabajador ponga en riesgo a otras personas en su centro de labores.
Por su parte, el abogado laboralista Javier Mujica Petit indicó que una empresa no podría obligar de manera arbitraria a un trabajador a vacunarse, pues esto constituiría un caso de hostilidad, pero sí podría exigirlo de manera general a través de su política interna.
“Si la política de seguridad y salud en el trabajo de la empresa incluye la condición de que los trabajadores se vacunen, en ese caso ya no estaríamos hablando de una interferencia en la vida privada del trabajador, sino de la aplicación de una norma reglamentaria de la empresa, que sería común para todos”, explicó.
Denuncias por discriminación
Si se presentaran denuncias ante la Sunafil por la exigencia de vacunarse, la empresa podría alegar que no está tomando esta decisión de manera subjetiva, sino ante riesgos concretos, como la exposición que tienen sus trabajadores a eventuales contagios, lo cual desvirtuaría la denuncia, sostiene Oviedo.
En tanto, Mujica señala que una denuncia de este tipo podría tener sustento si la exigencia de vacunarse se estableciera en un momento en que no todo el personal pueda acceder a la inmunización. Como recordó, el Estado peruano ha anunciado que primero serán vacunados los grupos más vulnerables, como el personal de salud y adultos mayores. Por ende, si en dichas circunstancias se exigiera este requisito a un joven trabajador de una fábrica, por ejemplo, este acto podría ser calificado como discriminación.
“En cambio, si ya pasaron dos años desde que empezaron a aplicar las vacunas y todos pueden acceder a ellas, tal exigencia no tendría esa connotación. Los requisitos que ponga la empresa tienen que ser razonables y proporcionales”, manifestó.
Por último, Oviedo opinó que el gobierno debería emitir una ley aclarando en qué situaciones el empleador podría exigir a su personal vacunarse. “Ayudaría mucho, para evitar contingencias y posibles juicios, que el Estado establezca en qué supuestos el empleador puede obligar al trabajador a vacunarse y en cuáles no”, dijo al respecto.
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