Se busca incentivar el uso de esta figura jurídica
Se busca incentivar el uso de esta figura jurídica

La Comisión Agraria del Congreso aprobó el dictamen recaído sobre los proyectos de ley que buscan fortalecer y promover las cooperativas agrarias.

El proyecto de ley le otorga un régimen tributario especial a las cooperativas agrarias, el cual hace que estas paguen un impuesto a la renta sujeto a una tasa de 15% sobre su renta neta.

En comparación, el nuevo régimen agrario aprobado el año pasado señaló que toda empresa agraria debía tributar in Impuesto a la Renta sujeto a una tasa del 15% hasta el 2022. Luego, se les aplicaría una tasa de 20% hasta el final del 2024, de 25% entre el 2025 y el 2027 y la del régimen general desde el 2028 en adelante.

Inafectaciones

Además, se señala que los “actos cooperativos” se encuentren inafectos al Impuesto a la Renta y al IGV.

Los actos cooperativos son aquellos que se realizan entre los socios de una cooperativa. Por ejemplo, comprar bienes o servicios entre si, transferirse bienes a título gratuito o inclusive solo prestar un servicio sin necesidad de pago alguno.

Es decir, los socios que formen parte de cooperativas agrarias pueden estar exentar del IR e IGV en todo acto que realicen en beneficio de las demás de la cooperativa.

Además, socios que sean productores agrarios y tengan ingresos menores a 50 UIT (S/220,000) en un periodo estarán inafectos al IR, además de recibir otras facilidades, aún si cuentan con mayores ingresos.

Actualmente, las cooperativas agrarias se encuentran excluidas del régimen de cooperativas de los demás sectores que incluyen beneficios similares en términos de actos cooperativos.

Las Cooperativas agrarias son sociedades de personas que se crean para brindar servicios a todos sus socios. Por ejemplo, la Cooperativa se encarga de brindarles productos, de transformar sus productos para la venta, darle valor agregado a los productos y demás.

En la práctica, personas que realizan actividades agrícolas conforman estas cooperativas, pero no “trabajan” para la cooperativa como si fuese una empresa, sino que se benefician de ella para sus emprendimientos propios y junto a otros socios de la misma.

Debido a incertidumbres acerca del aspecto tributario de la norma, el MEF será convocado a una futura reunión para analizar la propuesta más a fondo.