A través del Decreto Supremo 094 -2020-EF, se autoriza la transferencia de S/ 82′27,166 a favor del Ministrio de Salud (Minsa) para la compra de bienes vinculados con la protección del personal de salud (EPP).
La norma publicada en el diario oficial El Peruano establece que que el Minsa deberá aprobar, mediante resolución ministerial, la desagregación de los recursos autorizados por el MEF dentro de los cinco días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
-Transferencia del SIS-
El Seguro Integral de Salud (SIS) aprobó la transferencia financiera de dicha unidad ejecutora hasta por la suma de S/ 28′175,515, para el financiamiento de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados del SIS.
Las unidades ejecutoras que reciban las transferencias financieras por la unidad ejecutora SIS por prestaciones administrativas, para su incorporación deberán crear una secuencia funcional exclusiva en los clasificadores: “Combustibles y carburantes”, “Pasajes y gastos de transporte”, “Viáticos y asignaciones por comisión de servicio”, “Otros Gastos” y “De Vehículos”, por concepto de traslados de emergencia en la modalidad de pago prospectivo.