De acuerdo a un último informe de la Defensoría del Pueblo, menos del 40% de las resoluciones en las que un juez ordena pago de pensión por alimentos llegan a ejecutarse.
Dicha cifra resulta alarmante si se considera que la mayoría de pensiones que se determinan tras un proceso judicial son menores al orden de los S/ 500.
Si bien se señala que en Lima los porcentajes mejoran un poco en términos de cuantía, se revela un problema importante a nivel nacional.
"En Lima, las pensiones de S/ 1,000 cobra un mayor porcentaje, son porcentajes paritarios de 30% por cada monto entre 0 a S/ 500, S/ 501 a S/ 1,000 y de más de S/ 1,000. A nivel nacional se dispara el promedio hasta los S/ 500", señala Karina Diaz, funcionaria de la Adjuntía de Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo.
En cuanto a la ejecución de dichas pensiones, "en este porcentaje, la ejecución se da, incluso, en un tiempo mayor al año", afirma.
"Si bien el proceso dura un año, una vez que la resolución se da, se tiene que esperar otro año para que se pueda observar el primer pago. Sabemos que la normativa legal establece un tope máximo sin importar el número de hijos del 60% de los ingresos del demandado y, cuando este tiene un tipo de actividad informal, puede llegar a demostrar que tiene ingresos menores al sueldo mínimo", explica la funcionaria responsable del informe.
Por otro lado, si bien la normativa legal establece que los procesos por alimentos tienen una categoría de celeridad, ya que se deben dar en un plazo máximo de 30 días hábiles, el informe -que comprende 3512 expedientes que fueron revisados en 313 juzgados de paz letrado y 33 cortes superiores de justicia- demuestra que menos del 3% de las demandas se resuelven en ese plazo.
"La mayoría dura más de un año en ser resuelto, en llegar a una primera sentencia", asegura Diaz.
En ese sentido, en el 27.3% de los casos, los demandados cumplieron la disposición en lapso de 5 meses y el 23.5% lo hizo en más de 15 meses.
"A nivel de apelaciones, es un bajo índice de 10% pero demora más de 3 meses en ser resuelto. Ahí hay un problema, mientras dure esta, la resolución de primera instancia no puede ser ejecutada. Hemos pedido al Poder Judicial que extraiga al proceso de alimentos de la resolución administrativa que dispone esto", añade.