El aumento de la Remuneración Mínima Vital (RMV): la otra cara de la moneda
Por Consuelo Del Pilar Condori Tito, estudiante de Derecho de la Universidad del Pacífico.
El 28 de septiembre de 2026 se publicó el Decreto Supremo N.º 015-2026-TR, que estableció un aumento de S/ 170 en la remuneración mínima vital (RMV) de los trabajadores del sector privado. El incremento se dividirá en dos partes: S/ 100 desde octubre de 2026 y S/ 70 durante el primer semestre de 2027, este último mediante un nuevo decreto supremo. Con el primer aumento, la RMV será de S/ 1,230; y con el segundo, alcanzará los S/ 1,300.
El aumento de la RMV no solo representa un incremento en el sueldo que recibe el trabajador, también eleva otros pagos vinculados a este monto y, con ello, los costos laborales que deben asumir las empresas en su condición de empleadoras. La otra cara de esta decisión merece mucha atención, especialmente por sus consecuencias para las micro y pequeñas empresas peruanas.
Para las empresas, sin embargo, la cuenta no termina ahí. Mirar únicamente el incremento salarial deja fuera otros pagos que también pueden aumentar, como los aportes a la seguridad social en salud y el pago de horas extras.
Antes de abordar cada uno de estos conceptos, es importante precisar que las microempresas y las pequeñas empresas son categorías distintas comprendidas en el régimen laboral especial MYPE, con obligaciones y beneficios diferenciados, tal como veremos a continuación.
En materia de seguridad social en salud, el aumento eleva el aporte mínimo a EsSalud que paga el empleador de la pequeña empresa. Este equivale al 9% de la RMV y, con el primer ajuste, alcanza los S/ 110.70 mensuales por trabajador. En cambio, en las microempresas, la cobertura del SIS se financia mediante una cuota cofinanciada por el empleador y el Estado, cuyo monto no depende directamente de la RMV, salvo que el trabajador posea otro seguro, en cuyo caso también se mantiene el aporte a EsSalud.
Por su parte, los aportes al sistema de pensiones también aumentan cuando el trabajador percibe el sueldo mínimo. En la ONP, este equivale al 13% de la remuneración asegurable. En las AFP, el 10% se destina al fondo de pensiones, además del 1.37% correspondiente al seguro. Cabe precisar que estos aportes se descuentan de la remuneración del trabajador y no constituyen un costo adicional asumido por el empleador.
Algo similar ocurre con las horas extras: cuando aumenta la remuneración utilizada para calcular la hora ordinaria, también sube su pago. Tanto en microempresas como en pequeñas empresas, las dos primeras horas extras del día tienen un recargo mínimo del 25%; desde la tercera, el recargo mínimo es del 35%.
En conjunto, estos efectos adquieren mayor relevancia en las empresas que concentran trabajadores que ganan el sueldo mínimo. Cuantos más empleados tengan en ese nivel salarial, mayor será el desembolso adicional por el incremento de la RMV y los pagos vinculados a esta. Esta situación alcanza actividades como restaurantes, limpieza y mantenimiento, vigilancia privada, call centers y comercio minorista.
Ante este escenario, el Estado debería acompañar el aumento con apoyos oportunos, como bonos o alivios tributarios, que ayuden al pequeño empresario a sostener su negocio y seguir generando empleo. Desde el sector privado también corresponde evaluar alternativas para atenuar los costos, como la contratación de personal a tiempo parcial y el teletrabajo, entre otros.
En definitiva, el debate no puede ni debe limitarse solo a cuánto sube la RMV, sino que también debe considerar cómo dicha medida impacta, en términos económicos, a las empresas. Si los mayores costos comprometen la continuidad de las micro y pequeñas empresas, también podrían poner en riesgo los puestos de trabajo que estas generan, precisamente por ser las principales generadoras de empleo en el país. Así, los trabajadores a quienes busca beneficiar el incremento de la RMV podrían terminar siendo perjudicados.
Asimismo, dicha medida podría generar desincentivos para que las micro y pequeñas empresas pasen o se mantengan en la formalidad laboral, lo que afectaría al país. Por ello, es imprescindible ver la otra cara de la moneda.

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