Ley Mulder: ¿oportunidad o escándalo?
Hace algunas horas el obispo de Chimbote, monseñor Ángel Simón Piorno, criticó la Ley que regula el gasto en publicidad del Estado (Ley Mulder) con tres argumentos que quisiera analizar, porque expresan “en sencillo” las críticas que no pocos han hecho contra la norma.
Primer argumento: “Esta es una amenaza para los hombres de prensa y sobre todo para las empresas de comunicación. Si no hay publicidad estatal en medios privados cómo van a informar a la ciudadanía de lo que acontece en el país.”
Respuesta: No es cierto. La ley dispone que el Estado publicite los logros de su gestión en medios estatales, en redes sociales o plataformas virtuales, y permite la contratación de medios de comunicación privada en caso de desastres naturales, emergencias o campañas de educación electoral. Así, la palabra “prohibición” que se usa por todas partes es tendenciosa. En segundo lugar, como está planteada la norma, el Estado podría pagar promociones en Facebook, Instagram o Twitter para llegar al ciudadano, y contratar privados en situación de emergencia.
Pero el Estado no es el responsable de informar a la ciudadanía de lo que acontece en el país. Se puede aducir legítimamente que el Estado perderá alcance en sectores de la población que no consumen medios estatales y no tienen acceso a Internet, pero esto es cada vez menos estructural y más coyuntural.
Segundo argumento: “Hay que tener en cuenta que la publicidad que viene de las empresas privadas es mínima y por consiguiente muchos de los hombres de prensa perderían su trabajo.”
Respuesta: este argumento es inaceptable (el congresista Bruce afirmó algo muy similar en Twitter). Si en los siguientes meses -hasta que el Tribunal Constitucional falle muy probablemente en contra de la norma- algún medio de comunicación quiebra, será porque no era un buen negocio y su cartera de clientes no estaba suficientemente diversificada, algo que cualquier empresa logra cuando es competitiva y no vive de “subsidios”.
Tercer argumento: “Se tiene que derogar, no se puede atentar contra el derecho a la libre información que tenemos los ciudadanos”.
Respuesta: Sigo sin entender este argumento y es el más usado. No sé si es el producto ilógico de los dos primeros argumentos o si es algo así como un argumento “No a Keiko” o “No al APRA” aplicado al tema.
Pero salgamos del limitado ámbito regulatorio y hablemos de tendencias. No es novedad que los medios de comunicación tradicionales (escritos, radiales y televisivos), la están pasando mal y la pasarán peor. Los periódicos ya no viven de sus ediciones impresas y las suscripciones no pagan la cuenta; los medios radiales y televisivos pierden usuarios rápidamente frente a plataformas como Facebook, Instagram, Spotify, Apple Music, YouTube, Netflix, o Amazon Prime; y es más fácil acceder a contenidos, información y noticias sin censura y de manera personalizada. Finalmente, la penetración de la internet y de smartphones es tan rápida, que en breve el principal medio de información de un peruano que estudia o trabaja, será digital.
El Estado tiene una buena justificación para reducir drásticamente la contratación de medios tradicionales. Y tiene la gran oportunidad de crear espacios digitales (plataformas web, aplicaciones para celulares y sistemas de mensajería inteligentes) en los que entable una relación personalizada con el ciudadano, pensando en su bienestar, y en las necesidades que enfrenta según dónde vive y en qué etapa de su vida se encuentra. Este es el futuro. Este es el tema de fondo. Y si bien la ley puede ser mejorada, nos parece más una oportunidad que un escándalo.