Reformas necesarias al Perfil Cumplimiento: un llamado al MEF

Elaborado por: Cristina de la Piedra, Asociada Principal del Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International.
El Perfil de Cumplimiento (“PdC”) continua en Marcha Blanca, y en enero tuvo lugar la tercera y penúltima asignación de perfiles en “modo prueba”. A partir de julio, la clasificación que SUNAT otorgue a los contribuyentes surtirá efecto, ello les permitirá gozar de “facilidades” o estar sujetos a “limitaciones” en función a su clasificación.
El Decreto Legislativo N.º 1535 (“DL 1535”) que creó el PdC dispuso que éste tiene por finalidad incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, aduaneras y las no tributarias administradas y/o recaudadas por la SUNAT. Mediante esta norma, y sobre la base del nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, la SUNAT puede calificar a los contribuyentes en cinco categorías (A-E).
Para este fin, la asignación de los perfiles ha sido establecida en función de tres tipos de variables: variables sujetas a ponderación (“VSP”), variables de vinculación y variables de calificación directa. En el caso de las VSP, el Reglamento del DL 1535 ha listado un conjunto de conductas de incumplimientos y les ha otorgado niveles de gravedad para asignarles un peso específico.
Los niveles y pesos asignados van de Más Grave (9.00), Más Grave Reconocida (4.5), Grave (3), Grave Reconocida (1.5), Leve (1) y Leve Reconocida (0.5); es precisamente la asignación de los pesos lo que requiere urgente modificación. Además, de tener un efecto opuesto a la finalidad de “incentivar el cumplimiento voluntario”, implica una clara afectación a las garantías de los contribuyentes frente a la potestad sancionadora de la SUNAT.
La asignación de un peso significativo (p.ej. 4.5) para el nivel “Más Grave Reconocida” afecta el principio de proporcionalidad, pues termina siendo un exceso punitivo para las conductas subsanadas voluntariamente; así como una afectación al principio non bis in idem, pues si bien no es “explícitamente” una sanción, una misma infracción será sancionado con una multa y con un mayor peso para la asignación de una categoría más baja en el PdC.
Hoy, si un contribuyente que cometiera un error en su declaración, lo subsanara voluntariamente y pagara la multa correspondiente, aún se vería “afectado” por el peso asignado a la conducta. Es necesario que el Ministerio de Economía y Finanzas realice una revisión a la reglamentación del PdC, y en especial modifique los pesos asignados en el Anexo I del Reglamento.

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