Las empresas financieras ahora tienen luz verde para aplicar una serie de medidas que les permitirá recuperar de forma más célere los créditos otorgados en el marco del programa Reactiva Perú.
De acuerdo con una norma publicada recientemente por el MEF, que modifica la ley actual, las entidades podrán aplicar descuentos a los intereses de esos préstamos según la capacidad de pago del deudor. De igual modo, el acreedor -institución financiera- podrá llevar a cabo refinanciamientos, ventas o cesión de cartera crediticia con problemas (por ejemplo, a empresas especializadas de cobranza).
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El descuento a los intereses se configura cuando el banco, caja o financiera ofrece al cliente bajar el monto que le cobrará por gastos financieros (incluyendo intereses moratorios y compensatorios), con el propósito de al menos recuperar el principal de la deuda (el monto original otorgado), explicó Walter Rojas, gerente central de negocios de Caja Cusco.
El refinanciamiento, por otro lado, es una modificación en las condiciones del crédito, que incluso puede incluir un periodo de gracia y plazos más largos.
Además, la venta o cesión de cartera implica que la entidad financiera transfiere su cartera morosa a otra institución que será la nueva acreedora y poseerá los derechos de cobro al deudor.
Opciones
Estos mecanismos serán empleadas en los créditos honrados, es decir, los que cayeron en impago y tuvieron que ser cubiertos con las garantías del Estado. Se ofrecerán, entonces, a las empresas que tomaron préstamos de Reactiva Perú pero no pudieron pagarlos. A marzo último, el MEF estima un honramiento de garantías por S/ 7, 320 millones.
A la fecha, 126,631 empresas, entre las que hay 10,457 medianas compañías y 41,693 pequeñas firmas, mantienen deudas correspondientes a dicho esquema.
En el origen del programa, el Gobierno emitió garantías con las cuales el Banco Central de Reserva (BCR) adquirió las carteras de crédito que finalmente fueron respaldadas por Reactiva. Si la entidad financiera recupera un préstamo, aunque esté honrado, se revierten los fondos a quien los cubrió, es decir, al BCR.
Motivación
Walter Rojas, de Caja Cusco, rescata el cambio más importante introducido a las condiciones de pago de las referidas obligaciones.
“Con respecto a la recuperación de los créditos no salió (inicialmente) mucha información. Lo único que decía el reglamento es que cada entidad aplica sus propias reglas de recuperación a esos préstamos. Entonces, en esta (nueva) norma que ha salido se precisa (entre otras cosas) que la empresa financiera puede descontar interés compensatorio, interés moratorio, e incluso puede refinanciar créditos”, señaló el ejecutivo.
Es decir, según Rojas, el Gobierno está haciendo explícitas aquellas herramientas que pueden emplear las instituciones financieras para recuperar los préstamos de Reactiva que han caído en impago.
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“Algunas entidades no hacían (la recuperación del crédito a través de los mecanismos señalados en la nueva ley) porque pensaban que al efectuar cualquier cambio en las condiciones del crédito podrían perder la cobertura o garantía”, precisó el gerente.
En similar dirección, Álvaro Castro Lora, socio de Damma Legal Advisors, consideró que la nueva ley busca dar prioridad a la recuperación de los créditos otorgados, en lugar de la extinción de dichas obligaciones.
“El reglamento decía que en algunos casos se podía castigar la deuda, es decir, condonarla. Ahora, lo que te dice la ley (ya modificada) es que, entre otras cosas, puede reducir intereses, ya no castigar. Yo creo que es una corrección”, sostuvo el experto.
Déficit
La norma en cuestión, además, es publicada en un contexto en el que el déficit fiscal del país está en el ojo de la tormenta, habiendo llegado en agosto a 4% del PBI, nivel que se sostiene por cuatro meses consecutivos. “Ahora cualquier cosa es buena para el Gobierno porque con no hacer nada pierde ese dinero”, apuntó Rojas.
Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.
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