(Foto: Getty)
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En marzo del 2018 se promulgó la ley N° 30741, ley que regula la . Y en setiembre del 2018 la ley fue reglamentada por el Ministerio de Economía.

Pese a haber transcurrido un año, aún ninguna compañía ofrece en el Perú la hipoteca inversa.

Cabe recordar que la busca que los adultos mayores puedan poner en valor su vivienda y recibir un monto de dinero de una entidad del sistema financiero o aseguradora (en una o varias cuotas).

La persona podrá seguir viviendo en su predio hasta fallecer, tras lo cual la vivienda pasará a manos de la compañía, salvo que los herederos o beneficiarios paguen todo el monto recibido por el propietario, con el fin de quedarse con la vivienda.

Sobre este último caso, el reglamento de la ley también establece la posibilidad de que el beneficiario realice un prepago de lo recibido durante cualquier momento del periodo del contrato, dejando sin efecto la hipoteca inversa y mantener la propiedad de la vivienda.

Este punto genera preocupación en las empresas aseguradoras –las más interesadas en desarrollar el producto- pues no les da certeza sobre el tiempo mínimo que podría durar un contrato de .

Por ello proponen un cambio en la norma para que el prepago recién se pueda realizar a partir del décimo año de contrato, indicó Eduardo Morón, presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg).

“Si no se da ese cambio, no hay manera de que el producto sea atractivo, por ello aún nadie lo ofrece al público”, sostuvo.

Refirió que en las próximas semanas buscarán reunirse con los miembros de la Comisión de Economía del Congreso para buscar la modificación a través de un proyecto de ley.

“Es una pena que hasta ahora no se haya podido dar la hipoteca inversa, pues recibimos llamadas de personas que están interesadas”, anotó.

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