El presidente de la República, Martín Vizcarra, dio un ultimátum a las clínicas privadas: si no se logra un acuerdo en las próximas 48 horas en las tarifas que cobrarán al Estado por el uso de los servicios de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI), el gobierno aplicará el artículo 70 de la Constitución de la República, que permite la expropiación de la propiedad privada.
¿Qué dice el artículo 70 de la Constitución Política del Perú que invocó Vizcarra?
Artículo 70°. El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado en el procedimiento expropiatorio.
Según señala el artículo 70 de la Constitución, para privarse a alguien de su propiedad, debe ser declarado por ley, es decir, debe ser aprobado por el Congreso de la República.
“Las clínicas forman parte de la plataforma y les dijimos que cuando un ciudadano afectado por el COVID-19 va al sistema público, pero si no encuentra la atención, tendría que ir al sistema privado, y ese costo lo asume el Gobierno, ya que estamos en un Estado de Emergencia”, expresó el mandatario.
Vizcarra dijo que en este proceso se está pidiendo a los establecimientos de salud privados una “tarifa adecuada”, acuerdo que aún falta finalizar.
Cabe indicar que, en la mañana, el ministro de Salud, Víctor Zamora indicó que ya son tres semanas de negociaciones. Por su parte, la Asociación de Clínicas Particulares del Perú sostiene que el Ministerio de Salud propone una tarifa que no es adecuada.
“Estamos en este plan de conversaciones y ya estamos llegando al límite. Ahora nos enteramos que les han cobrado tarifas extremadamente altas a los pacientes”, dijo el mandatario.
“No podemos esperar indefinidamente las negociaciones y vamos a esperar 48 horas y de no ser el caso, pensando por la salud de la población, invocar al artículo 70 de la Constitución de la República”
La problemática
Lo anunciado por el presidente Vizcarra se debe a que las clínicas privadas, hasta ahora, no llegan a un acuerdo con el Seguro Integral de Salud (SIS), para la atención de pacientes contagiados por COVID-19.
El SIS estableció un precio paquete, donde el precio de la atención en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) por día se fijó en S/ 3,320.50 en clínicas de nivel II y S/ 3,539.65 en las de nivel III; mientras que por hospitalización se ubicaba en S/ 757.39 y S/ 759.66, respectivamente.
Sin embargo, Asociación de Clínicas Particulares del Perú se mostró en desacuerdo, puesto que el precio que ellos solicitaron por día en UCI es S/ 4,620, cifra menor al precio promedio que las clínicas manejan por la atención de pacientes COVID- 19 (entre S/ 8,000 y S/ 10,000).