El Poder Ejecutivo presentó al Congreso de la República el proyecto de resolución legislativa para que la capital del Perú, Lima, sea sede de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), en el marco de las celebraciones del 52 período ordinario de sesiones de la Asamblea General, a realizarse del 5 al 7 de octubre de este año.
Para ello, se estableció un acuerdo entre el Gobierno peruano y la Secretaría General de la OEA, suscrito el pasado 18 de mayo en Washington, Estados Unidos.
Entre los compromisos de Perú, figura que nuestro país deberá sufragar los gastos de los servicios de la Secretaría General requerido para la realización de la citada asamblea, los gastos de infraestructura, los requisitos logístico y de apoyo indispensable, así como otros gastos y obligaciones necesarios para la celebración.
De este modo, Perú aportará US$ 585,321, el cual corresponde al total estimado de la contribución para financiar el “traslado y estadía de los servicios de secretaría” para la celebración de la Asamblea General. El costo total se ha estimado en US$ 695,321.
En tanto, la OEA aportará US$ 110,000, de conformidad con los niveles de financiación establecidos en el programa-presupuesto del Fondo Regular de la organización para el presente año.
El Perú deberá realizar dicho depósito a más tardar el 5 de agosto de 2022, a través de una transferencia electrónica a nombre de la Secretaría General. Adicionalmente, deberá financiar todos los “gastos de infraestructura, logística y servicios operacionales que se requieran para la Asamblea General”.
A fin de sustentar el informe, se han considerado las opiniones favorables de los ministerios de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MlMP); de Salud (Minsa); y del Interior; del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), además de los órganos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Así, se han considerado las opiniones favorables de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de la Dirección de Privilegios e Inmunidades y de la Oficina General de Comunicación.
Cabe indicar que el acuerdo debe ser, en primer término, aprobado por el Congreso de la República mediante resolución legislativa y, luego, ratificado internamente por el presidente Pedro Castillo a través de un decreto supremo.