Si bien en diferentes países y laboratorios en el mundo ya se están fabricando diversas vacunas contra la COVID-19, aún no hay una fecha exacta de la llegada de dichos fármacos a nuestro país.
Sin embargo, en las redes sociales ya han empezado a aparecer diferentes colectivos que se niegan a ser inmunizados contra este virus, que ya ha originado miles de decesos en el Perú y en el mundo.
Al respecto, el viceministro de Salud Pública, Luis Suárez, consideró que la aplicación de la vacuna contra la COVID-19 en el país debe ser voluntaria. El funcionario recalcó que si bien la población no puede ser obligada y tiene derecho a elegir, también tiene que evaluar los riesgos ante una probable propagación del virus.
“La posición ahora, según como lo veo, es que la vacuna debe ser voluntaria, pero con la responsabilidad social de saber de qué si tenemos una vacuna segura me estoy protegiendo no solamente a mí, sino protegiendo a mi familia y a mi comunidad”, enfatizó en Agenda Política.
En ese sentido, instó a la gente a tomar una buena decisión al respecto. “En principio, nada debería ser obligatorio. Hay otras miradas, en otros países, de que no se trata solamente de que la persona sea vacunada, sino también de lograr un bien común”, añadió.
¿Debe ser obligatoria?
Consultado por Gestión, el infectólogo Eduardo Gottuzo dijo que si bien no se puede obligar a toda la población a vacunarse contra el virus, consideró que el Ministerio de Salud sí debería inmunizar obligatoriamente al personal médico y de primer nivel en la lucha contra la enfermedad.
“El primer grupo de personas a vacunar debe ser el personal médico, de salud y primera línea de batalla contra el virus, como doctores, bomberos, policías, soldados, entre otros. Aquí si debe ser obligatorio. En segundo lugar, las personas de la tercera edad sería el segundo grupo que vacunaría, para reducir la mortalidad”, señaló.
El galeno recordó que lo ideal es inmunizar al 90% de la población; no obstante, dijo que siempre habrá oposición de un grupo de personas.
“Nos debería preocupar si más de la mitad de la población no quisiera vacunarse. Tengo la impresión de que el grueso de personas sí lo hará. Con una cobertura del 70% de la población será más que suficiente para ayudar a reducir la mortalidad. Lo ideal sería llegar a un 90%, pero siempre habrá un grupo de gente que no querrá vacunarse”, acotó.
Mirada legal y constitucional
Por su parte, el expresidente del Tribunal Constitucional, Óscar Urviola, consideró que en caso el Ejecutivo declare la obligatoriedad de la vacuna contra la COVID-19, se podría estar afectando el derecho a la libertad de las personas.
“La objeción de conciencia es un derecho que está implícito en el derecho a la libertad que tienen todas las personas. Es decir, alguien por razones religiosas o personales podría resistirse a cumplir con dicho mandato legal, en caso de concretarse, y estaría amparado en la Carta Magna (…) Esta medida podría vulnerar el derecho a la libertad en general, de conciencia y de religión”, dijo a este diario.
En ese sentido, Urviola señaló que, bajo ese escenario, las personas estarían habilitadas para presentar acciones de amparo ante juzgados constitucionales para evitar ser vacunados.
“Habría esa posibilidad. Entre el derecho a que usted ejerza su libertad personal y si este derecho se contrapone al derecho de la población general y la obligación que tiene el Estado de preservar la salud pública, se tiene que ponderar qué prevalece. Eso lo tiene que determinar un juez constitucional”, agregó el constitucionalista.
En tanto, el abogado penalista Carlos Caro recordó que actualmente en el Perú no existe una obligación jurídica para vacunarse contra cualquier enfermedad. También recalcó que la negativa a dicha acción tampoco acarrea un presunto delito.
“No hay responsabilidad penal por no vacunarse, muy distinto es que tú contagies el virus a los demás sabiendo que estás infectado. En ese supuesto, estarías cometiendo el delito de propagación de una enfermedad, que está contemplado en el Código Penal y dentro de los delitos contra la salud pública. El castigo es una pena suspendida de entre 3 a 4 años”, señaló a Gestión.
En el caso de los asintomáticos, Caro dijo que dichas personas no saben que tienen el virus y, pese a no vacunarse y contagiar a las demás personas, no serían plausibles de cometer un delito.
“Si contagias a otras personas, pero no sabes que tienes el virus, en ese caso ya no hay delito, porque el delito es doloso o imprudente, pero si tú no sabes que lo tienes, porque lo ignoras al ser asintomático, no tienes forma de conocer si estas infectado. Ahí es bien difícil imputar algún delito”, añadió.