La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) requirió al Estado peruano que se suspenda “inmediatamente” el trámite del proyecto de ley que está avanzando en el Congreso de la República y que busca restringir los alcances de los delitos de lesa humanidad para que no puedan ser aplicados en casos cometidos antes del 2002.
La corte señala que esta suspensión debe aplicarse hasta que cuenten con todos los elementos para pronunciarse sobre las medidas provisionales y el impacto que tendrá esta norma en los casos Barrios Altos y La Cantuta que fueron resueltos por este fuero internacional.
El documento precisa que la medidas busca garantizar el derecho al acceso a la justicia de los deudos de los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Específicamente, la Corte IDH requiere al Perú que “suspenda inmediatamente” el trámite del dictamen del proyecto de ley 6951/2023/CR que busca precisar la “aplicación y alcances del delio de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana”.
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La corte señala que esta suspensión debe aplicarse hasta que cuenten con todos los elementos para pronunciarse sobre las medidas provisionales y el impacto que tendrá esta norma en los casos Barrios Altos y La Cantuta que fueron resueltos por este fuero internacional.
Asimismo, se procedió a convocar al Estado peruano, así como a los representantes de los deudos de Barrios Altos y La Cantuta y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a una audiencia pública virtual para el lunes 17 de junio del 2024 las 8:30 a.m. hora de Costa Rica.
Dictamen
El 06 de junio el Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, el proyecto de ley que establece la prescripción de los delitos de lesa humanidad cometidos en el Perú a partir del 01 de julio de 2022, es decir, los casos que que hayan sido registrados antes de esta fecha no podrían ser procesados ni condenados por su comisión.
La iniciativa fue aprobada con 60 votos a favor, 36 en contra y once abstenciones. Por su naturaleza, deberá ser sometida a una segunda votación siete días después, indicó el presidente del Parlamento, Alejandro Soto.
“Nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 01 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, sostiene el PL.
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