(Foto: GEC)
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Las familias peruanas podrán adquirir medicamentos para tratamientos de enfermedades oncológicas, VIH/SIDA y diabetes en el exterior, a menor precio y de manera más rápida, luego que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) incluyera a estos productos en la lista de servicio de entrega rápida (Courier).

A través de un decreto supremo emitido se establece que cualquier persona natural en tratamiento podrá importa su medicamento con una autorización excepcional de importación de la Autoridad Nacional en Productos Farmacéuticos.

Ello siempre y cuando el monto importado a través de Courier no supere los US$ 10,000.

Todos los servicios que se adquieren mediante servicio courier cabe recordar que tienen un tratamiento aduanero especial, es decir, se le aplican menos aranceles. Con un menor arancel, el precio final del producto es más bajo.

Además, al ser entrega rápida se les exonera de algunos trámites con lo cual su entrega es más expeditiva.

El referido decreto también aprueba el nuevo Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Envíos y Entrega Rápida para todos los demás productos.

Dicho reglamento establece como entrega rápida a las mercancías de cualquier tipo cuyo valor FOB sea superior a los US$ 200 hasta un máximo de US$ 2,000 por envío. 

Además, permanecen en esta categoría las mercancías a las que se les ha determinado un valor FOB de hasta US$ 3,000 como consecuencia de la determinación del valor en aduana efectuada por la autoridad aduanera, incluso si se encuentran sujetas al régimen de percepciones del IGV.

Asimismo, mercancías para reimportación en el mismo estado cuyo valor FOB por envío no exceda de US$ 5,000 siempre que la exportación se hubiera realizado mediante declaración simplificada.

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