Contraloría advierte que municipios distritales no pueden formular ni aprobar proyectos para estadios deportivos de competencia. (Foto: Gobierno Regional del Callao)
Contraloría advierte que municipios distritales no pueden formular ni aprobar proyectos para estadios deportivos de competencia. (Foto: Gobierno Regional del Callao)

La advirtió que el aprobó a la Municipalidad Distrital de un proyecto de inversión para construir y financiar un estadio para “deporte de competencia” en su jurisdicción por S/ 33′61, 700, a pesar que las entidades locales no tienen facultad para formular, ejecutar, operar y mantener este tipo de inversión pública.

De acuerdo al , el estudio de inversión para el “Mejoramiento y ampliación de los servicios deportivos del estadio de Mi Perú”, elaborado por la municipalidad distrital, define al proyecto como “deporte de competencia” para una capacidad de 67,546 beneficiarios, entre deportistas y espectadores.

Sin embargo, de acuerdo al Instituto Peruano del Deporte (IPD), entidad que fue consultada por la comisión de control, las municipalidades distritales no tienen facultad para formular y ejecutar infraestructura deportiva catalogada como de “competencia”.

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Esta infraestructura, de acuerdo al proyecto municipal, contará con cancha de fútbol con grass natural, tribunas con techo metálico y aluminio, servicios higiénicos, duchas, vestidores, sala de prensa, ambiente para control antidopaje, pista atlética, ambiente para aeróbicos, gimnasio, billar, boxeo, taekwondo, vóley, tenis de mesa, además de equipamiento, mobiliario, maquinaria deportiva, capacitaciones al personal técnico y administrativo, entre otras.

Solo el Ministerio de Educación, el IPD, las universidades, los gobiernos regionales y provinciales tienen la facultad de proponer y ejecutar proyectos de infraestructura de este tipo y brindar el servicio deportivo de competencia, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N°27972), mientras que los gobiernos locales solo tienen facultad para brindar servicios deportivos de recreación, como losas deportivas, precisa el informe de control.

Ante ello, se evidenció que el “ no advirtió que la Municipalidad Distrital de Mi Perú no era competente para formular y viabilizar el perfil de inversión en cuestión”, por lo que no debió aprobar ni financiar dicho proyecto, cuya fuente de financiamiento será con recursos del canon, sobrecanon y regalías del primer puerto.

Además, se advirtió que la entidad regional aprobó el proyecto municipal en el marco de dos convenios de cooperación interinstitucional entre ambas instituciones públicas que no se encontraban vigentes.

Un hecho que agrava la situación es que el gobierno regional, mediante concurso público, contrató en noviembre del 2022 a un consultor por S/ 935,318 para elaborar el expediente técnico de dicho proyecto en un plazo de 225 días calendarios, y por el cual ya se ha pagado más de S/ 651 mil por dos entregables, estando pendiente el pago restante tras la revisión del tercer informe.

No obstante, este servicio se encuentra suspendido desde marzo del 2023, a pedido del mismo consultor, debido a que no han obtenido la factibilidad de agua y la licencia de edificación por parte de la municipalidad de .

Por todo ello, se notificó el informe de control al Gobernador Regional del Callao para que adopte las acciones preventivas y correctivas que correspondan, las cuales deben comunicar a la Contraloría.

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