Abogado
Polonia fue invadida en 1939 por la URSS y por la Alemania nazi. Derrotada Alemania en la segunda guerra mundial, Polonia se mantuvo bajo la esfera comunista por casi 50 años, hasta 1989, cuando cayó el Muro de Berlín. En 1952, se dictó la Constitución comunista de Polonia, muy interesante de leer, cuyo capítulo 2 es un notable ejemplo de los principios totalitarios rectores de la organización económica socialista. El artículo 7, inciso 1 consagraba la planificación económica del Estado y la socialización de los medios de producción, incluyendo el comercio y hasta las comunicaciones. El artículo 10 promovía la industrialización estatal, y se protegía expresamente al agricultor de la “explotación capitalista”. El artículo 14 recogía el apotegma socialista “de cada quien según su habilidad, a cada quien según su trabajo”.
Ya recuperada la democracia, en 1997 se promulgó la Constitución de Polonia actualmente vigente, de corte liberal. El artículo 20 establece la economía social de mercado como el sistema económico de Polonia, basado en la libertad para realizar cualquier actividad económica, en la propiedad privada y en la protección de los derechos de los particulares. El artículo 21 limita las expropiaciones, y los artículos 22 y 31 disponen que los derechos privados sólo pueden limitarse por ley y por razones de interés público, y en cualquier caso sin que ello implique desconocer o vaciar de contenido tales derechos. El artículo 92 contiene una magnífica disposición, destinada a limitar la intervención administrativa del Ejecutivo, al exigir que las regulaciones se emitan únicamente bajo mandato específico y para cubrir el ámbito determinado en la propia ley autoritativa. Esta disposición tiende a evitar la proliferación de normas reglamentarias que traben innecesariamente el libre intercambio beneficioso de bienes y servicios en la sociedad, tan común en las economías latinoamericanas. El régimen de las finanzas públicas consagra la denominada “regla de oro”: el presupuesto público debe estar equilibrado. El artículo 220, inciso 2, prohíbe cubrir el déficit fiscal mediante obligaciones del Banco Central; el 220, inciso 1, impide al Congreso desfinanciar el presupuesto público; y el 221 dispone que la iniciativa presupuestal corresponde exclusivamente al Ejecutivo. Pocos artículos, pero suficientes.
Los resultados económicos de Polonia desde la década de los 90 son realmente impresionantes. En 1990, el PBI per cápita (PPP) de Polonia era de US$ 6,181; en el 2021, ascendió a US$ 37,502. GDP per capita, PPP (current international $) - Poland | Data (worldbank.org). La pobreza multidimensional ha pasado de 28% de la población en 2004 a 17% en 2019. Multidimensional poverty headcount ratio (% of total population) - Poland | Data (worldbank.org) https://data.worldbank.org/indicator/SI.POV.DDAY?view=chart. Contrariamente a las críticas de ciertos sectores, la desigualdad en el ingreso entre grupos sociales también se ha reducido continuamente: el índice GINI ha pasado de 38% en 2004 a 29.7 % en el 2017. Gini index - Poland | Data (worldbank.org)
Naturalmente, el progreso de un país no depende únicamente del régimen económico constitucional (dotación inicial de recursos, calidad de la gestión pública, shocks externos, etc.), pero, sin duda, la historia sugiere que existen arreglos institucionales superiores a otros, en la medida que generen incentivos para un aprovechamiento adecuado (o no) de los recursos sociales, en términos de inversión, productividad o intercambio. North explicaba a partir del capital institucional la diferencia en la trayectoria del progreso entre los países desarrollados y los del Tercer Mundo (Australia y Argentina, países con dotación de recursos similares, por ejemplo): mientras los primeros poseen un marco institucional que facilita el libre intercambio, reduce costos de transacción, y promueve el aumento de la productividad, los países tercermundistas se caracterizan por instituciones cerradas, burocráticas y poco competitivas (North, Douglass, Institutions, Institutional Change and Economic Performance, Cap. 12).
La historia económica enseña. América Latina, hoy inmersa en una fiebre de cambios constitucionales, haría bien en estudiar los casos de éxito, y no al revés.