Asociada senior de Hernández & Cía. Abogados
La coyuntura ha hecho que el debate público gire tantas veces que el tema ha dejado de ocupar portadas, pero el acoso sexual en el ámbito laboral es un problema que no deberíamos dejar de discutir. Más todavía porque en el Perú este fenómeno continúa siendo ignorado o subestimado tanto por las propias víctimas -que no logran identificar ni dimensionar las distintas manifestaciones del hostigamiento sexual- como por los potenciales agresores, quienes tienen un criterio sesgado respecto al acoso como una forma de la violencia y normalizan comportamiento sexistas que refuerzan estereotipos de género.
Hace más de dos años se publicó el Reglamento de la Ley No. 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, cuyas normas tuvieron como propósito establecer reglas para prevenir, investigar y sancionar el acoso sexual producido dentro de un ambiente de trabajo. A pesar de su existencia, los espacios laborales continúan siendo uno de los principales lugares donde se producen distintas manifestaciones de hostigamiento sexual.
En efecto, entre octubre del 2018 y diciembre del 2020, el servicio de “Trabaja sin Acoso” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) atendió más de 470 casos de hostigamiento sexual y 1,103 llamadas que buscaban asesoría sobre el acoso sexual laboral. Según estadísticas del MTPE, casi el 95% de las denuncias fueron presentadas por mujeres, cuyos agresores eran en un 99% hombres. En el 72.2% de los casos, el presunto hostigador mantenía una relación de autoridad con la víctima.
Lo que merece especial atención, sin embargo, es el incremento de las denuncias de acoso sexual laboral durante la pandemia. Según datos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en lo que va del año 2021, de las 958 denuncias formuladas por acoso virtual hasta agosto, 799 corresponden a hostigamiento sexual a través de medios de comunicación digital, tales como redes sociales, aplicaciones de mensajería instantánea o correos electrónicos. Pero, ¿por qué esta forma de violencia continúa en aumento dentro de un contexto laboral?
En mi opinión, existen tres razones fundamentales para ello:
En primer lugar, la visión errada respecto a qué significa hostigamiento sexual. La gran mayoría piensa que el acoso sexual necesariamente involucra algún contacto físico no deseado, un chantaje o una propuesta concreta de contenido sexual, pero no es consciente que también constituye hostigamiento el promover estereotipos entre hombres y mujeres a través de actos o comentarios sexistas. Por ejemplo, que tu compañero de trabajo manifieste que las mujeres de su equipo son muy sensibles y confunden las bromas que él hace con acoso es una conducta sexista.
Contrario a lo que usualmente se cree, el agraviado no necesita rechazar la conducta del hostigador para que se configure un supuesto de acoso sexual.
En segundo lugar, muchos empleadores consideran al Reglamento de la Ley No. 27942 como una suerte de “checklist”, pues creen que es suficiente cumplir con las obligaciones de la norma para que dentro de sus instituciones no se desarrollen actos de hostigamiento sexual. Al respecto, brindar una capacitación al inicio de la relación laboral raramente impide la configuración de acoso sexual en los espacios de trabajo. Para ello se requiere sensibilizar a la población laboral a través de campañas de difusión de las formas más comunes de hostigamiento sexual en el trabajo, los canales de denuncias, los derechos y las medidas de protección con los que cuenta el agraviado, la información básica del procedimiento de investigación y sanción, entre otros.
Finalmente, el empleador debe propiciar un ambiente en el que las víctimas de hostigamiento sexual puedan denunciar a sus agresores con total libertad, independientemente de la relación de autoridad que pueda existir, garantizando que, luego de concluido el procedimiento, ni el hostigador u otros trabajadores tomen represalias por haber formalizado una denuncia. Si la víctima no tiene confianza en la investigación o en los mecanismos de protección del empleador continuará guardando silencio.