Socio de Mur Abogados
Según información del MEF y la Administración Tributaria, la totalidad de deuda fiscal que se mantiene en controversia equivale al íntegro de los ingresos fiscales corrientes que el Estado presupuesta para un año. En manos de la SUNAT y el Tribunal Fiscal existe un cerca de S/ 30,000 millones. En el Poder Judicial se estiman S/ 21,000 millones esparcidos en más de 800 expedientes. En cobranza coactiva el Estado mantiene un stock promedio de S/ 60,000 millones que no puede cobrar. Estos datos, por sí solos, evidencian que existe una tendencia a discutir y diferir los temas fiscales hasta el extremo, a pesar de la existencia de una instancia intermedia denominada Tribunal Fiscal, que estaría conformada por especialistas.
Bloquear el derecho al pataleo es casi imposible. Lo que sí se puede es limitarlo. Para empezar, podemos evitar que el Estado discuta sus propias resoluciones, lo que ocurre cuando se permite que la Administración Tributaria impugne los fallos de quién actúa como superior en términos de contienda.
La judicialización de las causas tributarias ha llevado a que los litigios con la Administración se arrastren por años, con el agravante de que, en los últimos tiempos la propia SUNAT pretenda plantear acciones de amparo contra las resoluciones de la Corte Suprema; lo que prolonga por toda una vida las discusiones tributarias.
Obviamente este escenario es de horror. La recaudación queda postergada y los contribuyentes viven con la espada de Damocles sobre sus cabezas, lo que suele acabar en un triunfo pírrico para cualquiera de las partes.
La judicialización es intrínsecamente enemiga de la tributación. No sólo posterga la resolución de los conflictos, sino que incrementa el recelo, la enemistad y desconfianza entre la Administración y los contribuyentes.
¿Cómo evitar entonces que los pleitos de cobranza tributaria se judicialicen? ¿Cómo tratar incluso de limitar los líos tributarios entre el Estado y sus contribuyentes? Ante dos problemas tan complejos no cabe plantear una única solución. Se necesita de la implementación de una serie de medidas que aplicadas de manera consistente modifiquen el escenario.
Para comenzar, la ley debería efectivamente prohibir que el Estado litigue consigo mismo, lo que fácilmente se logra impidiendo que la Administración Tributaria impugne las Resoluciones del Tribunal del Fiscal. Por el lado de los contribuyentes, presumiendo la validez de estas resoluciones, lo que limita el ejercicio del derecho a la impugnación judicial al pago previo de la deuda determinada o su garantía.
En lo que respecta germen de las discusiones que surgen en las fiscalizaciones, la Administración debería arrancar por ajustar todas sus actuaciones a los criterios ya dilucidados por los Tribunales, y permitir la solución de cualquier diferencia a través de la adopción de medios alternativos al reclamo o la apelación.
Por ejemplo, las normas deberían promover que en el curso de las fiscalizaciones se puedan llegar a acuerdos sobre los hechos discutidos, lo que limitaría los reclamos a la aplicación o interpretación de las leyes.
Las materias eminentemente técnicas, donde el derecho se aplica por derivación, deberían poder resolverse a partir del pronunciamiento previo de un reconocido perito, previamente aceptado por las partes. Y si se trata de discusiones complejas, donde aspectos constitucionales o fundamentales no entran en juego, no existe razón para descartar la figura de los mediadores o árbitros, pues a pesar de la enorme desconfianza que inunda a nuestra sociedad, subiste local e internacionalmente una reserva profesional y técnica que aún actúa con altos estándares de moral.
Todos ganamos si nuestra legislación abre sus puertas a la adopción de la mayor gama de mecanismos para la solución de los problemas tributarios. Dejarán de existir pleitos susceptibles de ser politizados. La Administración cobrará con más rapidez y no reportará “cuentas fantasmas”. Y nosotros, los contribuyentes, tendremos la oportunidad de trabajar y generar riqueza en un entorno más sano, más previsible, y con menos intereses por morosidad.