El gobernador de Gavin Newsom le dio el visto bueno a este proyecto en California (Foto: World Economic Forum / Flickr)
El gobernador de Gavin Newsom le dio el visto bueno a este proyecto en California (Foto: World Economic Forum / Flickr)

Después de utilizar una tarjeta de regalo, es habitual que queden unos pocos dólares sin gastar. Sin embargo, en California no siempre hace falta realizar otra compra para aprovechar ese dinero: desde el 1 de abril de 2026, la legislación estatal permite pedir el saldo en efectivo cuando es inferior a US$15, siempre que el producto esté amparado por la norma. Esta posibilidad incluye las versiones electrónicas, por lo que vale la pena revisar tanto los plásticos recibidos en Navidad o durante un cumpleaños como los obsequios enviados por correo electrónico.

En ese contexto, el gobernador Gavin Newsom firmó la , una medida que autoriza a determinados emisores a seguir comercializando existencias con condiciones antiguas impresas. La disposición, aprobada el 20 de septiembre de 2026 y registrada como capítulo 420, establece requisitos para vender esas unidades hasta el 31 de diciembre de 2028, sin eliminar la protección de los consumidores.

La distinción es importante: una cosa es el monto que puedes recuperar y otra, el plazo concedido a las empresas para agotar su inventario desactualizado.

Las tarjetas de regalo en California son muy comunes entre los ciudadanos que desean darle un detalle a alguien (Foto: eBay)
Las tarjetas de regalo en California son muy comunes entre los ciudadanos que desean darle un detalle a alguien (Foto: eBay)

¿QUÉ MONTOS DE UNA TARJETA DE REGALO SE PUEDEN CANJEAR POR EFECTIVO EN CALIFORNIA?

La sección 1749.5 del Código Civil de California contempla el canje de las tarjetas cubiertas por la legislación cuyo valor sea inferior a US$15. Este umbral comenzó a aplicarse el 1 de abril de 2026, como resultado de la SB 22, que elevó el límite anterior de menos de US$10.

El cálculo considera el saldo disponible, no la cantidad cargada originalmente. Por ejemplo, si recibiste una gift card de US$50 y quedaron US$8 después de utilizarla, puedes solicitar ese remanente, siempre que el producto esté incluido en la protección legal. No se trata de un bono ni de una devolución adicional.

Estos ejemplos permiten identificar qué cantidades entran en la regla:

Saldo disponible¿Se aplica el canje obligatorio por un importe inferior a US$15?
US$5Sí. Puedes solicitar la totalidad.
US$8Sí. Puedes recuperar esa cantidad.
US$10Sí. Está por debajo del umbral.
US$14.99Sí. No alcanza el límite establecido.
US$15 exactosNo. La norma exige una cantidad menor.
US$20No. Supera el máximo contemplado por esta regla.

La expresión decisiva es «inferior a US$15»: US$14.99 está incluido, pero US$15 exactos queda fuera. Los ejemplos corresponden a productos amparados por la legislación y no sujetos a alguna excepción.

Además, el consumidor debe solicitar el canje. La obligación no implica que el establecimiento entregue automáticamente el dinero restante después de cada compra.

¿QUÉ CAMBIÓ CON LA LEY SB 1078 QUE FIRMÓ NEWSOM?

La atiende una situación específica: las existencias fabricadas o impresas antes del cambio normativo que todavía muestran condiciones desactualizadas, como el antiguo umbral de US$10.

Sus emisores podrán continuar vendiéndolas hasta el 31 de diciembre de 2028, siempre que cumplan los requisitos establecidos. Esa autorización no permite aplicar el límite previo ni rechazar una solicitud válida únicamente porque el plástico indique otra cantidad.

Para acogerse a la excepción, las empresas deben reunir estas condiciones:

  1. Fecha de fabricación o impresión: las unidades deben haberse producido antes del 1 de abril de 2026.
  2. Aviso visible: cada dispositivo de punto de venta donde se puedan comprar, recargar o canjear estos productos debe mostrar un mensaje con letra de al menos 24 puntos. Su contenido tiene que informar que los saldos inferiores a US$15 pueden recuperarse en efectivo.
  3. Documentación comercial: el emisor debe conservar, como parte de sus operaciones habituales, registros que permitan demostrar razonablemente cuándo se elaboraron los ejemplares.

Quienes satisfagan esas exigencias no estarán sujetos a sanciones civiles o penales únicamente por exhibir un umbral desactualizado en las condiciones impresas. La protección no los libera de respetar el derecho vigente de los compradores.

¿HASTA CUÁNDO SE PODRÁ SOLICITAR EL DINERO DE UNA TARJETA DE REGALO?

El 31 de diciembre de 2028 no es una fecha límite para que los consumidores recuperen su dinero. Ese día termina el periodo autorizado para comercializar las existencias antiguas contempladas en la ; la regla sobre remanentes inferiores a US$15 no tiene dicho vencimiento.

Estas son las fechas que conviene distinguir:

FechaQué significa
1 de abril de 2026Comenzó a aplicarse el canje obligatorio de saldos inferiores a US$15 en los productos cubiertos por la norma.
Antes del 1 de abril de 2026Las unidades deben haberse fabricado o impreso antes de esta fecha para acogerse a la excepción comercial.
20 de septiembre de 2026Newsom firmó la SB 1078, registrada como capítulo 420.
31 de diciembre de 2028Finaliza el plazo permitido para vender las existencias antiguas bajo las condiciones establecidas.

Mientras la SB 22 elevó el monto que puede recuperarse, la incorporó una solución temporal para el inventario con información previa. Ambas disposiciones están relacionadas, pero cumplen funciones distintas.

El gobernador de California, Gavin Newsom, aprobó esta ley el pasado 20 de septiembre (Foto: AFP)
El gobernador de California, Gavin Newsom, aprobó esta ley el pasado 20 de septiembre (Foto: AFP)

¿LA REGLA INCLUYE TODAS LAS TARJETAS DE REGALO?

No. Aunque la legislación contempla formatos físicos y electrónicos, también establece exclusiones. Por eso, encontrar la expresión gift card en un empaque no basta para concluir que su importe debe entregarse al portador.

Entre los casos que requieren una revisión particular figuran los siguientes:

  • Productos para múltiples comercios: la definición legal excluye determinadas modalidades utilizables con varios vendedores no afiliados, siempre que cumplan la condición relativa al vencimiento impreso.
  • Obsequios promocionales o de lealtad: algunos beneficios entregados gratuitamente mediante programas de premios, promociones o fidelidad pueden quedar exceptuados si reúnen los requisitos correspondientes.
  • Donaciones a organizaciones: ciertas unidades destinadas a entidades sin fines de lucro o benéficas pueden quedar fuera del canje obligatorio cuando incluyen el aviso exigido.
  • Certificados específicos: existen excepciones para instrumentos utilizados en recaudaciones de fondos y otros relacionados con alimentos perecederos, sujetas a condiciones concretas.

Otro detalle relevante es la forma de entrega. El Código Civil incluye moneda y cheques dentro de su definición de efectivo; también admite una transferencia electrónica u otras modalidades expresamente previstas cuando existe acuerdo entre ambas partes. Por tanto, el trámite no necesariamente se resuelve con billetes en la caja.

¿QUÉ REVISAR ANTES DE PEDIR EL CANJE EN UNA TIENDA DE CALIFORNIA?

Ya sea en Los Ángeles, Santa Ana o cualquier otra comunidad del estado, lo determinante es cuánto queda disponible y qué clase de producto tienes. Un obsequio recibido durante las fiestas familiares no pierde la protección que le corresponda por mostrar condiciones anteriores al cambio legal.

Antes de solicitar la devolución del remanente, conviene considerar estos puntos:

  • Comprueba el saldo: debe ser inferior a US$15 para entrar en esta regla.
  • Identifica la modalidad: tanto los formatos físicos como los digitales pueden estar cubiertos, aunque existen excepciones.
  • Acude al comercio o emisor correspondiente: explica que deseas recuperar el importe pendiente. En atención al cliente podrían identificar la gestión como cash redemption o cash-out.
  • Revisa las condiciones impresas sin confundirlas con la legislación vigente: una referencia al antiguo umbral de US$10 no autoriza a desconocer el límite actual cuando corresponde aplicarlo.

La permite agotar determinadas existencias con información desactualizada, pero no convierte esa impresión en una razón válida para negar el canje. Para el consumidor, la referencia central sigue siendo el remanente disponible y la cobertura legal del producto.