El gobernador Gavin Newsom firmó esta ley que beneficiará a miles de ciudadanos en California (Foto: AFP)
El gobernador Gavin Newsom firmó esta ley que beneficiará a miles de ciudadanos en California (Foto: AFP)

La firma de la AB 1359 por parte del gobernador Gavin Newsom abre una nueva alternativa para algunos adultos mayores de California que no pueden cumplir con el servicio de jurado debido a una condición médica permanente. Desde el 1 de enero de 2028, los residentes de 80 años o más que reúnan los requisitos podrán solicitar una excusa definitiva sin entregar una carta de su médico ni registros clínicos adicionales. La norma, promulgada el 14 de septiembre, busca reducir las gestiones que suelen enfrentar muchas familias al responder una citación judicial, como revisar avisos oficiales, completar trámites en línea o acudir al tribunal. La exención no será automática por edad, ya que cada persona deberá cumplir las condiciones previstas y presentar la solicitud correspondiente.

La iniciativa puede tener especial impacto en las comunidades hispanas de California, donde hijos, nietos y otros familiares suelen acompañar a sus padres o abuelos en gestiones legales, citas médicas y trámites ante agencias públicas. Quienes reciban una citación para integrar un jurado no deben dejarla de lado. La nueva legislación abre un camino para solicitar una dispensa, pero cada residente deberá seguir las instrucciones del Superior Court de su condado y entregar la declaración requerida cuando la disposición entre en vigor.

¿QUÉ CAMBIA CON LA AB 1359?

La modifica la Sección 204 del Código de Procedimiento Civil de California y crea un mecanismo específico para quienes tengan 80 años o más y enfrenten una limitación médica permanente.

La principal novedad está en los documentos exigidos. Desde el 1 de enero de 2028, la persona elegible podrá entregar una declaración escrita al comisionado del jurado, explicando que su estado de salud le impide participar de manera definitiva. El tribunal no podrá exigir una nota, certificado o memorando emitido por un proveedor de salud como requisito para procesar esa petición.

AspectoNueva regla de la AB 1359
Edad mínima80 años o más
Fecha de aplicación1 de enero de 2028
MotivoImpedimento médico permanente que impida prestar servicio de jurado
Carta del médicoNo será necesaria
Registros médicos adicionalesNo serán necesarios
Tipo de excusaPermanente
Documento principalDeclaración escrita del solicitante
Autoridad que recibe la solicitudComisionado del jurado del tribunal correspondiente

La norma no elimina el servicio de jurado para los adultos mayores ni convierte la edad en una exención inmediata. Una persona de 80 años o más que se sienta apta y quiera participar podrá continuar en el proceso de selección.

¿QUIÉNES PODRÁN PEDIR LA EXENCIÓN?

Tener 80 años no será suficiente, por sí solo, para quedar fuera de esta responsabilidad cívica. La está dirigida a residentes que sufran un impedimento permanente que les imposibilite desempeñar esa función.

A partir de 2028, podrá presentar la solicitud una persona que:

  • Tenga 80 años o más.
  • Haya recibido una citación o esté sujeta al proceso de selección.
  • Tenga una condición médica permanente que le impida integrar un jurado.
  • Entregue una declaración escrita al comisionado correspondiente en la que explique su situación.

Una vez recibida esa comunicación, el comisionado deberá otorgar la exención permanente. Además, no podrá solicitar pruebas médicas complementarias para tramitarla.

La diferencia entre edad y condición de salud es fundamental. Por ejemplo, una abuela de 82 años que vive en Los Ángeles, Fresno, San Diego o cualquier otra ciudad del estado no quedará excluida solo por haber cumplido esa edad. Tendrá que realizar la petición y declarar que una limitación médica le impide servir. Si desea participar y cuenta con las condiciones para hacerlo, la nueva norma no la obliga a apartarse.

Con esta nueva ley, las personas mayores de 80 años podrían solicitar exención de por vida del servicio de jurado en California (Foto: Magnific)
Con esta nueva ley, las personas mayores de 80 años podrían solicitar exención de por vida del servicio de jurado en California (Foto: Magnific)

¿CÓMO SE SOLICITARÁ?

Aunque la ley fue promulgada, el mecanismo definitivo todavía debe ser desarrollado antes de enero de 2028. La autoriza al Judicial Council of California a modificar reglas judiciales y publicar los formularios necesarios para aplicar el nuevo sistema.

Por esa razón, los pasos pueden variar según el condado y las indicaciones que acompañen a la citación. En términos generales, el proceso previsto será el siguiente:

  1. Recibir el aviso para prestar servicio de jurado.
  2. Leer con atención las instrucciones enviadas por el tribunal o disponibles en su portal oficial.
  3. Pedir la excusa médica permanente mediante el procedimiento indicado por la corte.
  4. Entregar una declaración escrita al comisionado del jurado.
  5. Informar que existe un impedimento de salud que imposibilita cumplir con esa responsabilidad de forma definitiva.
  6. Esperar la confirmación sobre el resultado de la petición.

Las familias pueden guardar una copia de los formularios enviados, capturas del portal y comprobantes de entrega. Estos documentos pueden ser útiles si surge alguna duda sobre el estado del trámite.

Tampoco se debe confundir una solicitud de dispensa con ignorar la convocatoria. Las personas citadas deben responder o seguir las instrucciones del tribunal hasta que reciban una decisión sobre su caso. No presentarse sin haber resuelto la situación con la corte puede generar consecuencias.

¿QUÉ OCURRE CON LOS MAYORES DE 70?

La puede generar dudas entre quienes tienen entre 70 y 79 años. La nueva disposición no significa que este grupo deba esperar hasta cumplir 80 para pedir una excusa vinculada a una condición de salud.

Las reglas vigentes en California permiten solicitar una exención por discapacidad o impedimento físico o mental. Para obtener una dispensa médica permanente, el procedimiento estatal general contempla una petición escrita respaldada por una nota de un proveedor de salud que confirme que la limitación no se resolverá y que impide desempeñarse como jurado.

Sin embargo, algunos tribunales superiores aplican procedimientos particulares para residentes de 70 años o más. En ciertos condados, una persona de ese grupo puede solicitar una excusa por escrito cuando una discapacidad física, mental o un problema médico hace riesgoso o imposible participar. Las condiciones pueden variar de una jurisdicción a otra.

EdadSituación general
Menos de 70 añosPuede solicitar una excusa por discapacidad o impedimento, pero una exención médica permanente suele requerir documentación de un proveedor de salud
70 años o másPuede haber mecanismos locales para pedir una dispensa médica sin nota del doctor, según las reglas de cada condado
80 años o más, desde el 1 de enero de 2028Podrá solicitar una excusa médica permanente mediante una declaración escrita, sin carta del médico ni documentos clínicos adicionales, si tiene una condición que le impide servir

La regulación estatal define una excusa médica permanente como la liberación del servicio para una persona cuya condición probablemente no mejorará y que no puede desempeñar las funciones de jurado, incluso con adaptaciones razonables relacionadas con una discapacidad.

¿YA SE PUEDE USAR LA NUEVA LEY?

No. Aunque Newsom firmó la el 14 de septiembre de 2026, el procedimiento especial comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2028.

Esto quiere decir que una persona de 80 años o más que reciba una citación antes de esa fecha no debe asumir que ya puede usar el nuevo mecanismo sin documentación médica. Por ahora, deberá revisar el aviso, consultar el sitio oficial del Superior Court de su condado o comunicarse con la oficina local encargada del jurado.

En California, el servicio de jurado se administra a nivel de condado. Por esa razón, una familia en Los Angeles County podría encontrar un portal y requisitos distintos de los disponibles para alguien convocado en Orange County, Riverside County, Santa Clara County o San Francisco. La citación recibida en el domicilio será la referencia principal para saber qué hacer y dentro de qué plazo responder.

Si una persona necesita apoyo en español, puede pedir ayuda a un familiar de confianza para llamar, revisar los documentos o ingresar al portal. En muchos hogares latinos del estado, estas gestiones se resuelven en familia, especialmente cuando el adulto mayor no utiliza internet con frecuencia o no se siente cómodo con los formularios en inglés.

Gavin Newsom firmó esta ley el pasado 14 de septiembre (Foto: AP)
Gavin Newsom firmó esta ley el pasado 14 de septiembre (Foto: AP)

UNA EXENCIÓN VOLUNTARIA

La AB 1359 no obligará a los mayores de 80 años a dejar de prestar servicio de jurado. La medida crea una alternativa para quienes tengan una condición médica permanente que les impida participar.

El jury duty continúa siendo una responsabilidad cívica relevante en California. Ser elegible no depende únicamente de la edad, y una persona adulta mayor que pueda cumplir con la función podrá seguir siendo parte del proceso si así lo desea.

La novedad está en reducir la carga administrativa para un grupo específico de residentes. Desde enero de 2028, quienes tengan 80 años o más y enfrenten un impedimento médico permanente podrán solicitar una excusa definitiva sin obtener una nota de su doctor ni presentar más documentación clínica.

Hasta que se publiquen los formularios y reglas finales, lo más recomendable para cualquier persona que reciba una citación es leerla completa, responder dentro del plazo indicado y confirmar el procedimiento directamente con el Superior Court de su condado.