
California ha endurecido su postura contra los vehículos recreativos dejados en la vía pública, estableciendo que aquellos que no sean recuperados por sus dueños durante un periodo de 30 días serán decomisados y destruidos de manera permanente. Si quieres saber si podrías resultar afectando con esta nueva medida, te invito a conocer los detalles sobre esta nueva regla y los condados donde ya está vigente.
Esta iniciativa se trata de un cambio drástico en cómo California pretende regularizar el abandono de este tipo de coches. Se pudo conocer que dicha disposición ya está incluida en el Código de Vehículos del estado mediante la sección 22851.2.
Es importante mencionarte que los vehículos recreativos que se verán afectados con esta nueva disposición serán casas rodantes, tráilers habitables y cualquier unidad similar que estén valorizados en $4,000 o menos.
La nueva medida ya se encuentra operativa en dos condados del estado y permanecerá vigente hasta el 1 de enero de 2030. A continuación, te revelaré si tu localidad aplica actualmente esta ley.

Qué condados de California está aplicando el embargo y destrucción de vehículos recreativos
Bajo la legislación vigente, los condados de Alameda y Los Ángeles tienen la facultad legal para proceder con el decomiso y destrucción de las unidades vehiculares recreativas en situación de abandono, cuyo valor de mercado sea igual o menor a los $4,000.
Eso sí, las autoridades tiene que brindar un aviso previo de que dicho vehículo puede ser embargado. En ese caso, el dueño tendrá que verificar si su vehículo cuenta con dicha advertencia con al menos 72 horas de anticipación.
Cuando finalmente realizan el embargo, las autoridades están obligadas a informar al dueño de dicho vehículo que fue removido dentro de las 48 horas hábiles. Para ello, tendrán que usar el servicio de correo certificado o de primera clase.

Cómo el dueño del vehículo recreativo puede impugnar el decomiso y destrucción
Si recibiste la notificación, tienes 30 días para que reclames tu vehículo y realices los pagos correspondientes al traslado de grúa y almacenamiento. Es más, tienes la posibilidad de solicitar una audiencia administrativa en los primeros 10 días.
Entonces, dicho transporte no podrá ser destruido durante este procedimiento, manteniéndose vigente hasta que se revuela cualquier revisión judicial.








