Los feriados son uno de los días más esperados por los trabajadores en el Perú. Si bien un grupo tiene la oportunidad de descansar, otros deben laborar, pero con la posibilidad de ganar más cada jornada, lo cual busca compensar no disfrutar del festivo. Si eres del segundo grupo, conoce cómo será el pago los días 29 y 30 de junio.
El Perú tiene un total de 14 feriados nacionales y todos los trabajadores tienen derecho a descansar sin distinción de nacionalidad, religión, ideología política, etc. Estos feriados deben ser remunerados, sin tener la obligación de trabajar. Si te toca laborar, sea manera presencial o remota, deberás ver un incremento en tu salario por esa jornada festiva.
¿QUÉ DICE LA LEY SOBRE EL PAGO DE LOS FERIADOS?
Los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo. Su abono se rige por lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 713. Es decir, que te pagarán sin la obligación de ir a trabajar.
¿CÓMO DENUNCIO LA FALTA DE PAGO DE MI FERIADO?
Puedes realizar la denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Para ello podrá comunicarse al 390-2780 o también podrá escribir al correo electrónico consultas@sunafil.gob.pe.
¿CUÁNTO ME PAGARÁN POR TRABAJAR EL 29 DE JUNIO?
Si te toca trabajar de manera presencial o remota el jueves 29 de junio, que es feriado por el Día de San Pedro y San Pablo, te pagarán triple por la jornada: una remuneración diaria por el feriado (que ya está incluido en tu sueldo), una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado el feriado sin descanso sustitutorio. Por ejemplo, si tu sueldo mensual es S/1,500, el valor diario de este es S/50; por lo que te correspondería percibir a fin de mes S/1,600.
¿CUÁNTO ME PAGARÁN SI ME TOCA TRABAJAR EL DÍA 30 DE JUNIO?
Si te toca trabajar el viernes 30 de junio, no te corresponde pago extra, pues se trata de un día no laborable decretado por el Estado para formar un puente festivo, pero no es un feriado nacional. Se te pagará como cualquier día. En cuanto a las personas que descansan ese día, deben reponer esas horas con trabajo o a cuenta de sus vacaciones.
¿QUÉ PASA SI TRABAJO EL FERIADO Y DESCANSO OTRO DÍA?
Si en caso acuerdas trabajar con tu empleador el 29 de junio, pero quieres tomar un descanso sustitutorio posterior, solo recibirás tu remuneración normal, sin ningún pago adicional. Esta opción, también se da para los empleados que se encuentran en trabajo remoto o no presencial en sus empresas.
¿QUÉ PASA SI EL FERIADO CAE DURANTE MIS VACACIONES?
Los trabajadores que durante el feriado están gozando de vacaciones anuales, no tienen derecho al pago de remuneración adicional; pues, antes del descanso vacacional, la empresa les pagó su remuneración, la cual ya incluye el o los feriados. Los feriados son pagados íntegramente y no están sujetos a compensación posterior.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?
Aunque en ambos días se puede descansar, toma nota sobre las diferencias:
Feriado
- El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
Día no laborable
- El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Para los que descansen deberán compensar con horas extras, trabajos los sábados o considerar como parte de las vacaciones.
¿CUÁLES SON LOS DÍAS NO LABORABLES 2023 EN PERÚ?
Además de los feriados ya fijados en el calendario para este 2023, el Gobierno también establece días no laborables, tanto para trabajadores del sector público como privado, con el fin de promover el turismo, aunque algunos aprovechan para tomar un descanso y pasarlo en familia. De acuerdo con el Decreto Supremo 151-2022-PCM, publicado el jueves 29 de diciembre en el diario oficial El Peruano, se anunció los días no laborales para el sector público, a nivel nacional, entre 2023 y 2024.
- Lunes 2 de enero de 2023 (YA SE DIO)
- Viernes 28 de abril de 2023 (YA SE DIO)
- Viernes 30 de junio de 2023 (YA SE DIO)
- Jueves 27 de julio de 2023
- Lunes 9 de octubre de 2023
- Jueves 7 de diciembre de 2023
- Martes 26 de diciembre de 2023
- Martes 2 de enero de 2024
¿QUÉ DÍAS ABARCA EL PUENTE FESTIVO POR SAN PEDRO Y SAN PABLO?
Con motivo del feriado del 29 de junio por el Día San Pedro y San Pablo, este es el puente festivo que se formará para promover el turismo interno:
- Jueves 29 de junio: feriado por San Pedro y San Pablo o Día del Pescador peruano.
- Viernes 30 de junio: día no laborable para el sector público (trabajadores del sector privado puede descansar, si llegan a un acuerdo con sus empleadores).
- Sábado 1 de julio: día de descanso habitual.
- Domingo 2 de julio: día de descanso habitual. CONOCE MÁS AQUÍ
¿CUÁNTOS FERIADOS TENDRÁ EL PERÚ EN 2024?
El Perú tendrá un total de 15 feriados oficiales desde el 2024. El último en ser agregado fue el 7 de junio con motivo de la Batalla de Arica y el Día de la Bandera.
Desde 1991 el Perú tenía 12 feriados, pero el 2022 en el calendario se sumaron dos fechas: el 6 de agosto, por la batalla de Junín; y el 9 de diciembre, por la batalla de Ayacucho. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ